El Tribunal Supremo da la razón a CCOO y ordena a Liberbank establecer un sistema de clasificación de sus oficinas

El
Tribunal Supremo ha dado la razón a CCOO y ha ordenado a Liberbank establecer
sin demora un sistema de clasificación de sus oficinas (aproximadamente 770 en
la actualidad) para que sus responsables puedan conocer, consolidar y cobrar,
su correspondiente categoría profesional.

«Gracias
al trabajo de esta Sección Sindical y del Gabinete Jurídico de la Federación de
Servicios esta sentencia va a beneficiar a muchas personas, ahora y en el
futuro; y estamos por ello muy satisfechos por el resultado conseguido y
también, por lo que nos ha costado conseguirlo». indican desde la Sección
Sindical de CCOO en Liberbank. 

«El
Supremo pone punto final a un larguísimo proceso que comenzamos hace dos años;
primero requiriendo a la empresa una solución amigable, acudiendo luego a las
distintas Inspecciones de Trabajo y finalmente interponiendo demanda en la
Audiencia Nacional.»

 CCOO
ya ganó en 2016 la demanda contra Liberbank en la Audiencia Nacional, que
condenó a la entidad «por no efectuar la clasificación de oficinas ni,
consecuentemente, aplicar las consolidaciones de categoría que corresponden a
las personas responsables de las mismas, así como por no facilitarnos la
información que precisamos para vigilar el correcto cumplimiento de todo lo
anterior.»

 «Liberbank,
por su parte, fiel a su estilo de demorar las cosas todo lo posible, en vez de
acatar la contundente sentencia de la AN, prefirió presentar recurso ante el
Tribunal Supremo.»

 «Ahora,
año y medio después, hemos recibido la sentencia Tribunal Supremo desestimando
el recurso de la empresa y ratificando en todos sus términos la sentencia
previa de la Audiencia Nacional; por lo que, en este tema, a Liberbank ya se le
acabó el recorrido y no le va a quedar más remedio que cumplir con lo
establecido en el Convenio Colectivo», subraya Rafa García Ledesma
secretario general de la Sección Sindical.

«La
normativa (Estatuto de los Trabajadores, Convenio Colectivo, etc.) establece
que todas las oficinas deben ser clasificadas siguiendo determinados criterios;
que los representantes sindicales debemos ser informados para que podamos
comprobar que todo se realiza correctamente; y que las personas responsables de
cada centro consolidarán una determinada categoría por el trascurso del tiempo
en el desempeño de esa función.»

«Todo
esto le resulta muy molesto a Liberbank, que en vez de reconocer a los
responsables de las oficinas las categorías que les corresponden, prefiere
inventarse y aparentar que les «regala» complementos absorbibles;
para así poder quitar y poner salarios según sus propios designios y perpetuar
en lo posible la amenaza de ‘a que te lo quito’.»

«Por
ello, desde el principio de su existencia, Liberbank, sabiendo que
individualmente la gente tiene mucho más miedo, ha preferido no darnos ningún
tipo de información o darnos aquella con la que sabe no vamos a poder sacar
nada en claro puesto que, una vez carecemos de información, tiene las manos
libres para hacer -o no hacer, como es el caso- una clasificación de oficinas a
su gusto; y de esta forma intentar no consolidar a nadie jamás.»

García
Ledesma recuerda al respecto «la significativa anécdota ocurrida en el
juicio, cuando el responsable del departamento de ‘interpretaciones perversas’ de la entidad manifestó sin ningún tipo de rubor que con lo que nos entregaban
como información era imposible que sacáramos ninguna conclusión y que los datos
facilitados no valían para nada. Le faltó reconocer que por eso lo
hacían.»

Por
otro lado la sección sindical de CCOO en Liberbank lamenta que «a pesar de
la importancia presente y futura de lo demandado, una vez más, nos hemos visto
bastante solos en esta pelea. En la Audiencia Nacional sólo dos sindicatos se
adhirieron a nuestra demanda para, al menos, mostrar su apoyo. Porque el resto,
ni eso. 

Liberbank está obligada a establecer un sistema de clasificación de oficinas conforme al Convenio Colectivo (…) realizar la consolidación de las categorías que correspondan a los afectados; y abonar las diferencias salariales que pudieran corresponderles

«Por
ello, en esta ocasión, queremos hacer una mención especial a CSICA, UGT, CSI,
APECASYC e Independientes, por su absoluto pasotismo en este tema y por dejar
que, como suele ocurrir, sea CCOO quien, de nuevo, se encargue de buscar una
solución al problema.» 

«Al
final, como los tribunales nos han dado la razón en todo, la agresión a los
derechos la plantilla debe finalizar sin demora ya que, tras la sentencia del
Tribunal Supremo, Liberbank está obligada a (textualmente): Establecer un
sistema de clasificación de oficinas conforme al Convenio Colectivo; facilitar
información suficiente a los representantes de los trabajadores que permita el
conocimiento del sistema de clasificación de oficinas, así como la comprobación
de la clasificación que realiza la empresa; realizar la consolidación de las
categorías que correspondan a los afectados; y abonar las diferencias
salariales que pudieran corresponderles» 

El
responsable de la sección sindical de CCOO en Liberbank explica que «lo
demandado y ganado por CCOO afecta a todas las personas que han sido, son o
serán responsables de oficinas; o, como a Liberbank le gusta denominar,
?directivos?.»

En la
actualidad, Liberbank cuenta con una red de unas 770 oficinas (casi 900 hace un
año), si bien el número de ?responsables? puede ser menor, dado que las
oficinas más pequeñas pueden depender de otras y no tener ?directivo?.