El martes 6 de septiembre, en la
sede de AEMES, los sindicatos CCOO, UGT y SPS-Fasga y la patronal de Mediación
de Seguros AEMES, procedimos a la firma del Convenio de Mediación de Seguros
Privados para los años 2016-2018
Comunicado
nº 10
Firmado el Convenio de Mediación de Seguros Privados
Con fecha
6 de septiembre, en la sede de AEMES, se ha procedido a la firma del Convenio
de Mediación de Seguros Privados para los años 2016-2018. El Convenio ha sido
suscrito por la patronal AEMES y por los sindicatos CCOO, UGT y SPS-Fasga
Gracias a
la posición mayoritaria de CCOO en el Sector de la Mediación, hemos conseguido
mejorar sustancialmente el Convenio respecto al anterior en materias como la
formación, la salud laboral, los permisos, la previsión social complementaria y
los derechos sindicales en las empresas. Asimismo, gracias al esfuerzo de CCOO
para fomentar la igualdad, el Convenio incorpora un lenguaje no discriminatorio
en materia de género.
A
continuación recordamos los aspectos destacables del Convenio:
- Vigencia:
Se acuerda una vigencia de 3 años, hasta el 31/12/2018. - Incremento
salarial: Se acuerda un incremento del 0,9% en 2016; un incremento del
1,1% en 2017 y un incremento del 1,2% en 2018. Adicionalmente, se acuerda
aplicar una tabla de incremento salarial variable en función de la
evolución de los ingresos de las empresas. - Dietas
y gastos de locomoción: Se acuerda la actualización de las cantidades
correspondientes a las dietas y los gastos de locomoción en las siguientes
cuantías:
2016 2017 2018
Con pernocta 84 85 86
Sin pernocta 18 19 20
Gastos de locomoción 0,33 0,34 0,35
- Actualización importes
por traslado: Se acuerda la actualización de la compensación por vivienda
en los casos de traslado. - Seguro de Vida:
Se acuerda la actualización de los capitales del seguro de vida a 20.000?
y doble capital, es decir 40.000? en caso de fallecimiento o incapacidad
producidos por accidente. Así mismo, se elimina la referencia a los 65
años de edad, sustituyéndola por «edad ordinaria de jubilación». - Permisos art.
30.1.b): Se establece un límite de 200 km para considerar la existencia de
desplazamiento. También se incluye que de los dos días de permiso, al
menos uno sea laborable. - Traslados: Se
actualiza el redactado conforme a la normativa vigente sobre el derecho
preferente de determinados colectivos (víctimas de violencia de género,
víctimas de terrorismo, etc. - Jubilación: Se
acuerda incluir la referencia a la edad ordinaria de jubilación para
personas con discapacidad. Asimismo, en lo referente al premio de
jubilación, se acuerda limitar el período de carencia a las contrataciones
posteriores al 02/07/2013. - Comisión
Paritaria de Igualdad: Se acuerda que se reúna con una periodicidad mínima
de dos veces al año. - Comisión de Salud
Laboral: Se acuerda constituir una Comisión Sectorial de Salud Laboral con
el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad y salud, así como la
prevención de riesgos laborales en el Sector. - Derechos
sindicales: Se facilita el trabajo de los y las representantes de las
plantillas al permitirse la utilización de herramientas telemáticas.
Desde CCOO
valoramos positivamente la firma de este Convenio que, como decíamos el pasado
mes de junio cuando se alcanzó un preacuerdo, consideramos equilibrado y
valoramos también su voluntad de dotar de estabilidad y homogeneidad al Sector,
pues de nuevo se ha suscrito por un periodo de vigencia de tres años.
Si quieres leer el texto completo del Convenio, podrás hacerlo en
www.ccoo-servicios.es en cuanto esté publicado en el B.O.E.
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