Firmado preacuerdo del Convenio de Mediación de Seguros

En el día de hoy, se ha firmado el Preacuerdo para el Convenio de Mediación con vigencia de dos años (2009 y 2010. Recoge cuestiones fundamentales en materia retributiva y algunas novedades en empleo, conciliación e igualdad.

Después
de casi cuatro meses de dura negociación, en la que la
situación económica del país han condicionado irremediablemente
las posturas de los actores sociales, en el día de hoy se ha firmado
el Preacuerdo para el Convenio de Mediación por parte de AEMES y por
la parte sindical Comfía-CC.OO (60,66%), UGT (24,18%) y FASGA SPS
(11,06%). ELA (4,10%) no asiste tampoco a esta reunión por lo que no
ha suscrito el acuerdo.

El
preacuerdo recoge cuestiones fundamentales en materia retributiva y
algunas novedades en empleo, conciliación e igualdad:

  • ART.
    3.- Ámbito temporal:
    2
    años de duración:desde 1º de enero del 2009 hasta el 31 de
    diciembre de 2010.
  • ART.
    12.3 Contrato eventual por circunstancias de la producción:
    ampliación del tiempo de contratación para poder valorar la
    creación y mantenimiento del puesto de trabajo durante el
    transcurso máximo de 12 meses en la empresa dentro de un plazo de
    18 meses, a contar desde el momento en que se produzcan las causas
    que den lugar a este tipo de contrato.
  • ART.
    23. 3 Tiempo de formación:
    adaptación del Convenio a la exigencia de la Resolución de
    Formación de la DGS y FP relativa a los trienios formativos de las
    empresas.
  • ART.
    30. 2. Segundo párrafo:
    aumento de la acumulación del permiso de lactancia a 15 días
    laborables por cada hijo (proporcional en caso de parto múltiple).
    Este matiz que parece de menor calado, ha sido motivo de largas
    discusiones y duros posicionamientos en algún que otro sector
    cercano a éste, por lo que debemos valorarlo como un logro sindical
    y una buena disposición patronal.
  • Condiciones
    económicas para el año 2009:
    se establece un incremento salarial del 1,40%, con fecha de efecto
    01/01/2009, sobre la Tabla Salarial, Complemento por Experiencia,
    Mínimo del PAE en las empresas que gestionen más de 25.000.000€
    en primas, Plus Funcional de Inspección y CAI.
     

Para
la cuantía de las Dietas, Gastos de Locomoción y Compensación
Económica del Almuerzo, se establece un 1,40% de incremento, que
tendrá efecto desde el 1 de Julio de 2009.

En
el caso de que el índice de precios al consumo (IPC) al 31/12/2009
con relación al IPC del 31/12/2008 experimente
un incremento superior al 1,40%
,
la Comisión Mixta de Interpretación y Seguimiento del Convenio,
tomará como base dicho dato para elaborar la Tabla Salarial y
actualizar el resto de los conceptos económicos, con fecha de efecto
desde 1 de enero de 2009, y se
abonarán las diferencias que resulten
en un plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de la
publicación de dicha revisión en el BOE.

Condiciones
económicas para el año 2010:
el incremento salarial pactado con fecha de efecto 01/01/2010 se
establece en el 1%, o en el IPC real a final del año 2009 si éste
fuera superior a dicho 1%, para la Tabla Salarial y los conceptos
económicos de Complemento por Experiencia, Mínimo del PAE en las
empresas que gestionen más de 25.000.000€ en primas, Plus
Funcional de Inspección y CAI.

Para
la cuantía de las Dietas, Gastos de Locomoción y Compensación
económica del Almuerzo se establece el mismo incremento que para el
resto de conceptos retributivos. Al no serle de aplicación la
cláusula de revisión se recoge en acta que la diferencia, si la
hubiera, se tendrá en cuenta para el convenio de 2011.

En
el caso de que el índice de precios al consumo (IPC) al 31/12/2010
con relación al IPC del 31/12/2009 experimente
un incremento superior al pactado en 1/01/2010
,
la Comisión Mixta de Interpretación y Seguimiento del Convenio
tomará como base dicho dato para elaborar la Tabla Salarial y
actualizar los conceptos económicos, con fecha de efecto desde 1 de
enero de 2010, y se
abonarán las diferencias que resulten
en un plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de la
publicación de dicha revisión en el BOE.

  • Art.
    56: Protección a la maternidad:
    adecuación a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, dándole
    un mejor y más amplio tratamiento.

  • ART.
    63 (Faltas y Sanciones) MUY GRAVES:
    Tipificación e inclusión del Acoso por Razón de Sexo.

  • Art.
    69 Actuación frente a situaciones de acoso moral:
    Inclusión del acoso sexual o por razón de sexo, con sus
    particularidades.

  • Artículo
    74. Comités Intercentros:
    Eliminación de su regulación del Convenio Sectorial.

  • Adhesión
    al ASEC:
    Además de las competencias ya existentes en materia de Mediación y
    Arbitraje de la Comisión Mixta, se regula la adhesión al Acuerdo
    de Solución Extrajudicial de Conflictos, lo que supone un paso más
    hacia unas buenas relaciones laborales en el Sector.

  • Víctimas
    de Violencia de Género:
    Se
    añade una disposición adicional en la que se recogen los derechos
    de los que disponen las víctimas a través de la Ley de Violencia
    de Género y su encuadramiento en cada uno de los apartados
    recogidos en el Convenio, facilitando así la labor de búsqueda e
    información.

  • Disposición
    Adicional:
    Se incorpora una nueva disposición a título didáctico y como
    llamada de atención a trabajadores y empresarios en el cumplimiento
    de las exigencias aplicables y obligatorias en materia de protección
    de datos, certificaciones de calidad o similares.

Tal
y como ya hemos apuntado al comienzo de este comunicado, el proceso
no ha sido fácil, a las tensiones socioeconómicas se unieron
aspectos de negociación que afectaron negativamente y que nos
obligaron, sobretodo a nosotros, Comfía-CC.OO, a tomar decisiones
estratégicas asumiendo así la responsabilidad a la que nos obliga
nuestra mayoría absoluta en mesa. Pese a todo, consideramos que el
resultado final ha sido bueno, porque el objetivo lo hemos cumplido
mediante la mejora del poder adquisitivo de los trabajadores del
sector.

Ahora
toca redactar el convenio, incorporando las novedades de esta
negociación y adaptando los textos a la realidad actual y la
legislación vigente, por lo que iremos trabajando en ello y
esperamos poder tener un texto definitivo para la primera quincena
del mes de septiembre.

Seguiremos
informando.

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