Continuamente estamos recibiendo quejas por incidencias relacionadas con las comisiones generadas por la venta de inmuebles en posesión de GIA.
La variedad de cuestiones que se nos plantean es muy amplia y van desde la consideración de la naturaleza de tales ingresos, pasan por la fórmula de cobro y los retrasos en las mismas y sobre todo nos denuncian incidencias a la hora de la adjudicación de las mencionadas comisiones.
Somos conocedores de la realidad del
sector inmobiliario, en la que la lucha por la adjudicación de la comisión es
una prioridad de primer orden, ya que muchos actores tienen una enorme parte de
su retribución ligada a las ventas. Pero por la diversidad y continuidad de las
denuncias que recibimos podemos decir, sin lugar a equivocarnos, que el
mecanismo de adjudicación de las comisiones en GIA no es lo suficientemente
transparente y se producen alteraciones en las adjudicaciones, que privan a la
persona que realmente ha soportado los esfuerzos de la venta, de la ansiada
comisión.
La generalización de las incidencias
mencionadas tiene un efecto desmotivador para la parte de plantilla de Unicaja
Banco que, en principio, más activa se ha mostrado en estos asuntos y que tras
varias y comentadas desilusiones realizan el trabajo sin el acicate adicional
que significan las comisiones asociadas.
Es cierto que buena parte del
proceso se desarrolla en el entorno empresarial de GIA, que tiene naturaleza
propia como empresa pero que no podemos olvidar que está completamente dentro
del grupo consolidado de Unicaja. Es más, los trabajadores de Unicaja que
comercializan sus inmuebles lo hacen siguiendo las directrices de Unicaja Banco
y dentro de la organización del trabajo y de su relación laboral con el mismo.
Es necesario que desde Unicaja Banco se clarifiquen determinados
aspectos precisos para que los incentivos a la venta de inmuebles mantengan su
carácter motivador. Por ello hemos pedido a nuestra entidad:
1. Que se modifique el manual de comercialización de inmuebles.
2. Que se realice una auditoría de las adjudicaciones de comisiones de
inmuebles, desde que salió la anterior circular, que regula a día de hoy el
proceso. Dicha auditoría debería centrarse en demostrar que las adjudicaciones
de comisiones son coherentes con los datos de soporte, haciendo especial
hincapié en como las API conocen ventas y reclaman comisiones de operaciones en
las que no han participado.
3. Que se establezca un sistema transparente en la adjudicación de clientes
a las personas comercializadoras, de tal guisa que en cualquier momento todos
los actores implicados sepan a quién se destinarán las comisiones generadas.
Sin
elementos mínimos de transparencia y control es imposible determinar con
claridad y justicia a quién corresponden las comisiones.