Ingenierías: Presentada la plataforma de negociación del próximo convenio

Hemos solicitado oficialmente el inicio de las negociaciones del Convenio.Queremos un convenio rico en contenidos, participando más y mejor en la productividad de las empresas

El pasado 25 de enero hemos presentado, conjuntamente con UGT, a la patronal TECNIBERIA-ASINCE la plataforma de negociación del que será XV Convenio Colectivo del Sector. Ya a finales del pasado mes de noviembre de 2006 denunciamos el XIV convenio colectivo, que finalizaba su vigencia el 31 de diciembre de 2006, y con esta presentación de los puntos que queremos negociar para el próximo convenio a la patronal damos por cumplido lo estipulado en el art. 5.2 del mismo.

Los puntos más importantes que incluye la referida plataforma son:

  • Empleo y contratación: establecimiento de las articulaciones necesarias para la conversión de empleo eventual en empleo fijo, medidas para limitar el encadenamiento de contratos temporales. Implementación en el convenio del la nueva legislación para la mejora del crecimiento y del empleo.
  • Conciliación de la vida personal y laboral y medidas de igualdad: inclusión en el convenio de los puntos de la futura ley de igualdad y mejora de medidas que favorezcan la misma.
  • Tiempo de trabajo: establecer una jornada anual máxima en 1780 horas , una distribución flexible de los horarios y diferenciada para los meses de verano. Aumento de los días no laborables y/o de vacaciones.
  • Salario: Incremento del salario base, del plus de convenio y del resto de conceptos retributivos por encima de la inflación prevista con ganancia de poder adquisitivo y reparto de la productividad y con inclusión de una cláusula de garantía de revisión. Revisión lineal de las cantidades para dietas.
  • Clasificación profesional: Modificación de la actual estructura de clasificación profesional, acomodándola a la realidad de las tareas y actividades que se ejecutan en el sector.
  • Salud Laboral: Establecer el listado mínimo de factores de riesgo y regulación mínima y obligatoria de la vigilancia de salud en las empresas.
  • Delimitación y cuantificación del trabajo en jornadas especiales. Mejora del complemento de IT. Definición de las condiciones de desplazamiento.
  • Regulación de las dietas en el extranjero. Mejora de los aspectos regulados referentes a formación. Derechos Sindicales.

Madrid, 30 de enero de 2007

PLATAFORMA CONVENIO INGENIRIAS

PROPUESTAS
DE PUNTOS DE NEGOCIACIÓN QUE PRESENTA EL SINDICATO COMFÍA-CCOO
PARA EL XV CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE INGENIERÍA
Y OFICINAS DE ESTUDIOS TÉCNICOS, DE ACUERDO CON EL ART. 5.2.

1.Empleo
y contratación



    1. Conversión
      de empleo temporal en empleo fijo.



      1. Inclusión
        de medidas para que operen los límites de encadenamiento,
        subjetivo y objetivo, de contratación temporal en un mismo
        puesto de trabajo. Requisitos para evitar estas situaciones.


      2. Establecimiento
        de criterios generales para la mejora y la calidad del empleo para
        su posterior concreción en las empresas.


      3. Implementación
        en el texto del convenio del RDL 5/2006 para la mejora del
        crecimiento y del empleo.



    2. Jubilación
      Parcial y Becarios: Regulación en el convenio.





2.Medidas
de Conciliación de la vida laboral y personal y Medidas de
igualdad de oportunidades.



    1. Establecimiento
      de medidas que favorezcan:



      1. Flexibilidad
        horaria.


      2. Reducción
        de jornada por guarda legal o cuidado de discapacitados.


      3. Permisos
        de lactancia.


      4. Permiso
        de Paternidad.


      5. Descanso
        maternal a tiempo parcial, por fallecimiento de la madre o del
        hijo.


      6. Flexibilidad
        de vacaciones.


      7. Licencias
        retribuidas y no retribuidas.


      8. Permisos
        y Excedencias.


      9. Inclusión
        de las medidas laborales por Violencia de Género.


      10. Definición
        de Acoso Sexual y articulación de protocolos de prevención
        y actuación.


      11. Definición
        y desarrollo de medidas de igualdad en el sector.






3.Reducción
de jornada y regulación del tiempo de trabajo



    1. Establecer
      la jornada máxima anual en el sector en 1780 horas (cómputo
      medio semanal de 39 horas)


    2. Establecer
      la jornada intensiva de 35 horas semanales, desde el 15 de junio al
      15 de septiembre.


    3. Establecer
      una estructura de jornada con horarios flexibles de +/- hasta dos
      horas en la entrada y la salida, con un tiempo mínimo para
      la comida en jornadas partidas.


    4. Posibilidad
      de establecer, con carácter general, la jornada continua
      durante todos los viernes del año.


    5. Establecer
      el período de vacaciones, en 23 días laborables.


    6. Recuperación
      de los festivos que coincidan en sábado.


    7. Establecer
      que los trabajadores desplazados a otra empresa u obra por razón
      de servicio, se atendrán al horario del centro de trabajo de
      destino, en cómputo semanal. Establecer las debidas
      compensaciones si correspondieran por un mayor cómputo.




  1. Clasificación
    Profesional.



    1. Modificación
      de la actual estructura de clasificación profesional que
      figura en el convenio, acomodándola a la realidad de las
      actividades y tareas que se ejecutan en el sector:



      1. Delimitación
        de grupos profesionales.


      2. Definición
        de funciones y categorías.


      3. Asignación
        de niveles salariales.





5.Formación



    1. Destinar
      el 3% de las horas anuales a formación.


    2. Impartir,
      salvo imposibilidad manifiesta, los cursos de formación de
      adiestramiento durante la jornada laboral ordinaria.
      Establecimiento de condiciones.


    3. Revisión
      de los puntos 1, 2 y 3 del art. 26.




6.Incremento
de Salarios.



    1. Incrementar
      todos los conceptos salariales, salario base y plus de convenio, en
      el IPC previsto más un mínimo de un punto (por
      incremento de productividad), con cláusula de revisión
      de carácter retroactivo desde 1 de enero si el IPC supera el
      porcentaje previsto.



7.Horas
extraordinarias



    1. Regular
      y establecer las cantidades para retribuir las horas
      extraordinarias en día laborable, en día festivo y
      las horas nocturnas


    2. Regular
      las comunicaciones de la dirección de la empresa a los
      trabajadores, al comité de empresa, a los delegados de
      personal y a los delegados sindicales sobre las horas
      extraordinarias realizadas.



  1. Complemento
    de IT



    1. Mejora
      del complemento de IT hasta el 100% desde el primer día de
      baja.


    2. Inclusión
      en el complemento de IT y descanso por maternidad de las subidas
      salariales que se produjeran durante cualquiera de estas
      eventualidades.




  1. Movilidad,
    Desplazamientos, Dietas



    1. Definición
      y regulación de condiciones del desplazamiento por
      necesidades de obra o proyecto contratado: establecimiento de las
      condiciones mínimas económicas y laborales, tanto en
      España como en el extranjero.



9.2.Dietas
en España




      1. Establecer
        el derecho en los desplazamientos y viajes a optar entre el
        régimen de dietas y el de gastos pagados de desplazamiento,
        alojamiento y manutención.


      2. Establecer
        la dieta diaria mínima en 50 €.


      3. Establecer
        el precio del km. en 0,18 €.


      4. Establecer
        la dieta por comida en 10 €.






9.3.Dietas
en el extranjero




      1. Establecer
        la dieta diaria mínima de 100 € diarios.


      2. Establecer
        el derecho a 5 días laborables de vacaciones adicionales en
        el domicilio de origen por cada 60 días de
        desplazamiento/traslado, siendo los gastos del viaje por cuenta de
        la empresa.








  1. Salud
    Laboral:




    1. Establecer el listado mínimo
      de factores de riesgo que habrán de contemplarse en las
      evaluaciones de riesgos de las empresas del sector: Factores
      físicos, químicos y biológicos, Factores de
      Seguridad, Factores Ergonómicos y Factores Psicosociales y
      de Organización.


    2. Regulación
      mínima y obligatoria de la vigilancia de la salud en las
      empresas del sector y medidas que debe incluir.


11.Derechos
Sindicales.



    1. Establecer
      la posibilidad de acumulación de horas de crédito
      horario sindical entre los delegados de personal, miembros de los
      comités de empresa y delegados sindicales.


    2. Regularizar
      y desarrollar las condiciones y garantías de utilización
      por parte de los representantes legales de los trabajadores y de
      los afiliados y afiliadas; y de la comunicación entre ellos
      y los trabajadores y las trabajadoras de las nuevas tecnologías,
      y en especial del correo electrónico e Internet, de acuerdo
      con la sentencia del Tribunal Constitucional.


    3. En
      las Empresas o, en su caso, en los centros de trabajo con plantilla
      que exceda de 150 trabajadores, las Secciones Sindicales que puedan
      constituirse por los trabajadores afiliados a los Sindicatos que
      cuenten con presencia en los Comités de Empresa estarán
      representadas por un Delegado Sindical elegido por y entre sus
      afiliados en la empresa o en el centro de trabajo, en la forma y
      con los derechos y garantías previstos en la L.O.L.S.




  1. Vigencia
    del Convenio:
    Entre 1 y 3 años según contenidos.