JORNADA y HORARIOS – No caben interpretaciones

Últimamente, en determinadas Direcciones Regionales y Territoriales se continúa
llamando a realizar prolongaciones de jornada “de ocho de la mañana a ocho
de la noche”
llegando incluso a hacerlo mediante amenazas, con un
desprecio absoluto a la dignidad de los trabajadores, lo cual es INTOLERABLE
Y DENUNCIABLE.

La jornada laboral LEGAL en el Popular se
encuentra determinada en el ACUERDO LABORAL PARA LA
LIBRANZA DE SÁBADOS y en el ACUERDO LABORAL DE FUSION POPULAR-PASTOR.

Resumimos:

  • Jornada de Referencia de la Red
    Comercial, incluyendo Direcciones Territoriales y Regionales, con horario
    continuado de 08,00 a 15,30 h, excepto los períodos de Verano y Navidad, con
    horario hasta las 15,00 h, al igual que todos los viernes del año y el último
    día laborable previo al primer festivo de la Semana Santa.

  • Flexibilidad horaria de los Técnicos (en
    general todos Apoderados)
    de la Red Comercial, incluyendo Direcciones
    Territoriales y Regionales, que podrán distribuir a su criterio su tiempo de
    actividad laboral, siempre que la jornada anual a realizar no exceda de la
    máxima establecida en cada momento por el Convenio Colectivo, que asciende a
    1.700 horas.

Por tanto, cualesquiera otros horarios que se
establezcan unilateralmente en Banco Popular NO TIENEN CABIDA EN LA NORMATIVA
ESTABLECIDA.

 

…nadie en
el Popular debe desconocer los horarios laborales vigentes, incluida la
propia Dirección en cualquiera de sus niveles;

cualquier
otra circunstancia revela una clara conculcación de los derechos de las
personas y un incumplimiento de la normativa LEGAL vigente.


 

Nadie en el Popular debe desconocer los horarios
laborales vigentes, incluida la propia Dirección en cualquiera de sus niveles;
cualquier otra circunstancia revela una clara conculcación de los derechos de
las personas y un incumplimiento de la normativa LEGAL vigente.


Últimamente, en determinadas Direcciones Regionales y Territoriales se continúa
llamando a realizar prolongaciones de jornada (“de ocho de la mañana a ocho
de la noche”
) llegando incluso a hacerlo mediante amenazas, con un desprecio
absoluto a la dignidad de los trabajadores, lo cual es INTOLERABLE Y
DENUNCIABLE.

 

Si tan
buenos profesionales son estos exigentes personajes ¿cuándo van a entender que
la mera permanencia en el puesto de trabajo no garantiza la productividad?
¿cuándo van a entender que amenazar para incumplir la normativa no es, en
absoluto, profesional?

 

Somos
conscientes, todos, de la complicada situación económica que estamos
atravesando, pero circunstancias como las que estamos viendo no ayudan, para
nada, a afrontar el momento con la mejor disposición.

 

DesdeCOMFIA-CCOO exigimos el cese inmediato de estas prácticas, que resultan
indecentes e irrespetuosas para la dignidad y el derecho de los trabajadores.

 

Seguiremos informando.

 

 

Julio de
2012

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