En contra de la propuesta inicial del Gobierno, la jubilación a los 67
años no será ni obligatoria ni generalizable. Se crea un nuevo derecho
subjetivo de jubilación anticipada a los 63 años con coeficientes
reductores y los jóvenes becarios, y las mujeres que hayan estado al
cuidado de hijos, podrán tener hasta dos años de cotización. Por el
contrario, el período de cómputo se amplia escalonadamente de 15 a 25
años.
nuevatribuna.es | 27.01.2011
Gobierno, sindicatos y
empresarios tienen previsto presentar en las próximas horas los
resultados del pacto sobre pensiones que llevan negociando desde hace
semanas. El acuerdo alcanzado – para cuyo cierre faltan «algunos
escollos», según afirmó el Gobierno- mantiene la edad de jubilación en
los 65 años actuales, aunque sólo para quienes hayan cotizado un mínimo
de 38 años y medio y quieran cobrar la pensión completa. Para el resto,
la edad de retiro sube a 67 años, según avanzaron a nuevatribuna.es en fuentes sindicales.
Por
otro lado, el Gobierno ha accedido a ampliar la ayuda de 350 euros a
los parados sin prestación presentada hace unos días. Finalmente, la
ayuda que sustituye al ‘Prodi’ ó 426 euros no estará vinculada a la
formación, como pretendía el Ejecutivo, y su financiación dependerá de
la Administración central, y no de las comunidades autónomas. Aunque
falta fijar su cuantía, ésta tendrá que ser superior a 400 euros.
A
partir de la entrada en vigor de la reforma, la jubilación ordinaria
quedará fijada en 65 años con el 100% de la base de cotización para
aquéllos que hayan cotizado durante 38 años y medio a la Seguridad
Social. Para el resto, la edad de jubilación se fija en 67 años con el
100% de la base reguladora, siempre que se haya cotizado un mínimo de 37
años, dos más que en la actualidad. Se mantiene la jubilación parcial a
los 61 años. Y sólo se podrán jubilar de forma anticipada los
trabajadores que hayan cumplido 63 años, con algunas excepciones; podrán
jubilarse anticipadamente a los 61 años quienes se hallen inmersos en
una “situación de crisis”, aún por definir. Además, desaparece la
jubilación especial a los 64 años.
El período de cómputo para
calcular la pensión se amplía hasta los 25 años, desde los 15 actuales.
La Seguridad Social llevará a cabo este incremento en dos fases. Hasta
2016 ó 2018, el período de cálculo se ampliará hasta los 20 años.
Posteriormente, el período de cómputo irá creciendo, durante los cinco
años siguientes, hasta alcanzar los 25 años.
El acuerdo plantea
mejorar los incentivos al retraso voluntario de la edad de jubilación.
En la actualidad estos incentivos incrementan la pensión un 2 ó 3 por
ciento por cada nuevo año cotizado, según sea la carrera de cotización
de cada persona. Aunque falta concretar algunas cifras, la reforma
quiere elevar esos incentivos hasta el 3,5 por ciento, en caso de
carreras de cotización completas. “Pero este asunto no está cerrado”,
según reconocen en fuentes sindicales. Hasta el momento no se ha
alcanzado un acuerdo sobre las bases de cotización máximas y mínimas.
El
pacto fija nuevos incentivos para las mujeres y los hombres que dejaron
de cotizar para dedicarse al cuidado de hijos. Así, el sistema contará
como cotizados nueve meses por cada hijo, con un máximo de dos años,
desde los 112 días actuales.
En cuanto a los jóvenes, el acuerdo
plantea reconocer como períodos cotizados los años dedicados a programas
formativos o de investigación, que tendrán la misma protección que los
contratos de formación y serán sufragados por los entes o empresas que
los financien. También podrán suscribirse convenios especiales de
cotización sin necesidad de haber trabajado anteriormente.
La
reforma reserva un apartado especial dedicado a los trabajos penosos,
tóxicos, insalubres y peligrosos. En estos casos, y cuando no sea
posible un cambio en las condiciones o de puesto de trabajo, se
aplicarán coeficientes reductores de la edad de jubilación, que
supondrán una sobrecotización por parte de las empresas. La ley fijará
además qué profesiones se pueden acoger a este caso, que recogerán en un
catálogo.
En cuanto a otros regímenes, la reforma da
prácticamente por concluida la integración del Régimen Agrario en el
Régimen General. También se impulsará la integración completa del
Régimen Especial de Empleadas del Hogar en el Régimen General.
En
materia de autónomos, estas fuentes reconocen que es una cuestión que
“no está cerrada aún”. Aun así, el objetivo de la reforma es hacer que
las bases de cotización medias de los autónomos sean similares a las del
Régimen General.
En cuanto a las situaciones de viudedad, se
discute una posible mejora de las pensiones más bajas. Según estas
fuentes, si esta subida no se produce, podría realizarse a través de una
subida de las pensiones mínimas.
Por otro lado, el acuerdo fija
además que el sistema de pensiones buscará fuentes de financiación
complementaria en el medio o largo plazo y profundizará en la separación
de fuentes, cumpliendo así con las recomendaciones del Pacto de Toledo.
A
partir de 2027, los parámetros fundamentales del sistema se revisarán
cada cinco años para adaptarlos a la evolución de la esperanza de vida.
López Bulla: Los sindicatos han estado a la altura
| FEDEA: En la buena dirección, pero insuficiente