La Nueva Nómina

CCOO denuncia que el gobierno cumple sólo parcialmente con las obligaciones de información marcadas en la reforma de pensiones de 2011

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha procedido a
la publicación de la Orden que regula la nueva información de cotizaciones que
deben contener las nóminas, pero sigue sin publicarse las relativas a la
información sobre la previsión de las futuras pensiones tanto públicas como
privadas.

CCOO recuerda que la última reforma de seguridad social
pactada entre gobierno, sindicatos y empresarios fue recogida en la Ley
27/2011, y en la misma se establecieron una serie de derechos de información a
los trabajadores/as que debían cumplir
las empresas, la administración de
la Seguridad Social y las entidades que gestionan los instrumentos de pensión
privados.

Entre los mencionados
derechos de información, destaca la obligación que tienen las empresas para que
las nóminas que mensualmente reciben las empleadas/os contengan información no
sólo de sus salarios sino de la totalidad de cotizaciones sociales que se
ingresan en su nombre, tanto las que se descuentan directamente de su salario
como las que ingresa directamente el empresario. Ambas cantidades, en realidad,
forman parte de nuestra masa salarial, y se integran en el capítulo de costes
de personal, como nuestros salarios directos.

La norma que regula
este mandato fue publicada en el Boletín Oficial del Estado del 11/11/2014, y establece el nuevo formato que
deben tener las nóminas a partir de ahora, dando un plazo de seis meses para
que todas las empresas incorporen estas novedades a sus respectivos recibos de
salario.

Sin embargo, siguen
pendientes de publicación las normas que regulan la información que todas las
plantillas deben recibir relativas a su futuro derecho de pensión de
jubilación, proyectando su situación laboral, de cotizaciones y/o aportaciones
a sistemas complementarios de pensión, en cada momento.

La Ley 27/2011
establece que la información sobre pensiones debe remitirla anualmente, tanto
la administración de la Seguridad Social, en el caso de las pensiones públicas,
como las entidades que gestionan los distintos instrumentos privados de
carácter complementario o alternativo que contemplen compromisos por
jubilación.

En este sentido, es
importante señalar que la obligación de información respecto de las pensiones
públicas y privadas, debe facilitarse con la misma periodicidad y en términos
comparables y homogéneos con la suministrada por la Seguridad Social.

La nómina en BBVA,
aunque pueda parecer compleja y difícil de entender, es sin embargo precisa e
informativa. Pero para CCOO, el retraso de
esta obligación, contenida en la ley 27/2011, es injustificable, y emplaza al
gobierno a que explique el impacto económico de esta demora, informando sólo de
las cotizaciones a la Seguridad Social y no del efecto de las mismas
sobre la pensión futura prevista. Esto impide, entre otras cosas, que se
visibilice por parte de trabajadoras/es, el efecto en su
pensión futura del incumplimiento de las obligaciones de cotización por parte
de las empresas (retribuciones fuera de nómina, prolongaciones de jornada no
pagadas, uso fraudulento de contratos a tiempo parcial,?).

Seguimos trabajando, seguimos informando
                                                  

Diciembre 2014

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