La comisión
negociadora, formada para estudiar las alternativas, para los trabajadores de
CTC en las bases de HERTZ de Barcelona y Madrid, afectadas, por la pérdida del
servicio, en manos de la empresa Fleet care, alcanza un acuerdo de carácter
vinculante, que permite a 77 trabajadores afectados de CTC, mantener su puesto
de trabajo en otros centros. Las condiciones del mismo acuerdo y el acta final,
con los centros y horarios de destino, están a vuestra disposición en este
mismo artículo.
Tras un esfuerzo titánico, liderado,
por la sección sindical de CCOO en CTC, más de 10 horas de reunión, en tres
sesiones, celebradas en Barcelona, los días 8,15 y 20 de enero, asambleas en
los centros, para informar a los compañeros y reuniones con todos aquellos, que
han requerido de nuestra presencia. CCOO, lidera un acuerdo histórico en la
compañía. Hay que tener presente, que en otras ocasiones, cuando se perdía un
servicio, se finiquitaba a todos los trabajadores de obra y servicio a 8 días
año trabajado y solo se intentaba reubicar a los que tuviesen contrato
indefinido, si este no estaba de acuerdo con el destino, 20 días y a correr?
El trato del cierre de Hertz, puede
representar un antes y un después en este tipo de coyunturas en la compañía.
Por primera vez se ha pensado en la plantilla conformada por personal de ETT,
se ha pensado en las personas con situaciones de guardia y custodia, se ha
pensado en las distancias y capacitación de los trabajadores, a la hora de
asignar las vacantes que tenía la compañía. Se le ha otorgado de forma
unilateral al trabajador un tiempo de prueba y otra serie de particularidades
que se reflejan en el acuerdo. Con esto no queremos decir que todos los
operarios y mandos afectados, vayan a estar conformes, como bien dice el refrán
: ?nunca llueve a gusto de todos?, pero
se han tratado de implementar unas medidas y criterios lo más justos posibles,
para que una situación de por se ya traumática, lo sea lo menos posible e
incluso en algunos casos, sea oportunidad de promoción o incremento salarial.
Desde la sección sindical se os hará llegar a todos los operarios cuya dirección electrónica dispongamos, copia del acta, para que veáis, lugar de destino, horario y
condiciones. Son las vacantes que hay a día de hoy, eso no quiere decir, que el
destino no pueda ser provisional, hasta que no se genere otra vacante. En ese
sentido, estamos abiertos a tratar dudas con nuestros afiliados y trabajadores.
Para finalizar, indicaros, que a partir del lunes 25, sino antes, la compañía a través de su estructura de mando en el centro, os enviara comunicado con el centro de trabajo y horario asignado, para que optéis a la vacante asignada u os acojáis al artículo 41, con todo lo que ello presupone, es decir 20 días de indemnización, por año trabajado, hasta un máximo de nueve mensualidades.
Rogelio Pérez