Libranza adicional en Servicios Centrales

Además de las Vacaciones y Libranzas correspondientes a 2013, de las cuales se
informaba a la generalidad de las plantillas mediante nuestra Circular del día 4
de febrero, en el Popular sigue vigente lo establecido en el Acuerdo Laboral
sobre Prestación Social Complementaria, del año 2000:

Las personas cuyo horario sea
distinto del horario continuado, dispondrán de una libranza adicional de

 

UNA JORNADA LABORAL Y LA TARDE
DE UN VIERNES,

 

TARDE QUE SERÁ LA DE CUALQUIER
OTRO DÍA PARA AQUELLOS TRABAJADORES QUE TIENEN JORNADA PARTIDA AL AMPARO DEL
ARTÍCULO 25.3 DEL CONVENIO COLECTIVO,

 

tomados de mutuo acuerdo en
todos los casos, siempre que se garantice la prestación del servicio en cada una
de las oficinas.

 

Esta libranza adicional se mantiene por el Acuerdo
Laboral de Fusión Popular- Pastor, de 2012, donde se estipula que será efectiva
durante la vigencia del dicho Acuerdo Laboral, y en todo caso, hasta el 31 de
diciembre de 2015.

 

 

5 de febrero
de 2013