Los expertos auguran que la banca no capitalizará deuda de forma masiva

Cinco Días. – Pocas
veces una reforma legal de calado, como la que plantea el real
decreto-ley relativo a la legislación concursal recientemente aprobado
por el Gobierno, genera tantas reacciones positivas. Tal y como había
denunciado Bruselas, la normativa española carecía de los instrumentos
necesarios para facilitar a las empresas una segunda oportunidad. De
hecho, las cifras eran demoledoras: más del 90% de las compañías que
entraban en concurso de acreedores acababan desapareciendo.

El pasado 8 de marzo, el BOE publicó el real decreto-ley que modifica
aspectos sustanciales de la Ley Concursal que, como objetivo general,
fomenta y flexibiliza la posibilidad de suscribir acuerdos de
refinanciación para evitar tener que llegar al concurso de acreedores y,
con ello, a la quiebra o liquidación de la compañía.

Coto a las minorías

Registradores, despachos de abogados, consultoras y auditoras han
valorado positivamente la práctica totalidad de las novedades que
incluye dicho real decreto-ley porque fundamentalmente trata de hacer
mucho más ágil y simple un proceso normalmente demasiado tedioso. Entre
las nuevas medidas, destacan la eliminación de tener que presentar un
informe de un experto independiente que argumente sobre la razonabilidad
del plan de viabilidad, o el establecimiento de las nuevas mayorías del
pasivo que serán necesarias para suscribir el acuerdo de
refinanciación.

Además, aplauden que el nuevo marco legal contemple esperas de 10
años, la posibilidad de establecer quitas, la conversión de deuda en
capital o la formalización de préstamos participativos y la aceptación
de daciones en pago.

En este asunto, será determinante la comunicación que debe tener
lista el Banco de España antes del próximo 9 de abril, en la que
determinará cómo han de provisionar los bancos la deuda resultante de
esos procesos de capitalización.

A este respecto, la mayoría de los expertos consultados coinciden en
que no creen que la banca vaya a capitalizar deuda de las empresas de
manera masiva, ya que su negocio se basa en conceder financiación y no
en participar en la gestión de las compañías. “La capitalización de
deuda es una de las vías que abre el real decreto-ley, no obstante, no
es la única ni mucho menos, por lo que su utilización dependerá de otros
factores tales como la capacidad de repago futura de la deuda, o los
niveles de apalancamiento de las compañías”, aseguró ayer el socio del
Área de Reestructuraciones de KPMG, Jesús García.

“Los cambios introducidos facilitan a las partes nuevas herramientas
para la refinanciación, potenciando que deudores y acreedores no den por
perdidas compañías que son viables operativamente, pero que tienen un
problema de apalancamiento, lo cual es muy positivo”, añadió.

Cómo serán los procesos del futuro

Quizás la única incertidumbre que hoy por hoy nadie se atreve a
contestar es qué hubiera ocurrido si esta reforma legislativa se hubiera
aprobado antes. ¿Se habrían podido salvar algunas de las quiebras más
sonadas de la economía española? El Gobierno defiende que este es el
momento adecuado para sacar adelante los cambios porque el saneamiento
del sector financiero está prácticamente concluido y los expertos solo
se atreven a asegurar que sí, que muchas insolvencias se habrían
evitado. De cara a futuro, el panorama es más prometedor. Todos los
expertos coinciden en que las negociaciones de una posible
refinanciación serán más ágiles, cortas y se reducirá la litigiosidad
que suele ir aparejada a estos procesos. Todo un ahorro de tiempo y
dinero.