La semana pasada tuvimos conocimiento de dos éxitos de Comfia-CCOO en materia de salud laboral en el sector de Cajas de Ahorros.
Por un lado, la resolución del Ministerio de
Trabajo, avalando los argumentos de Comfia-CCOO, por la que se declaraba que
los trabajadores y trabajadoras de las cajas deben ser considerados usuarios de
pantallas de visualización de datos desde el momento en que el uso de las mismas
supere la barrera de las dos horas. Por otro lado, a través de la sentencia
del Tribunal Supremo por la que se declara que el atraco es un riesgo
laboral.
Estas dos resoluciones se
traducen de modo inmediato en consecuencias concretas para las Cajas de Ahorros,
pero sobre todo para los trabajadores y las trabajadoras de las mismas:
- De la declaración del
atraco como riesgo laboral se deduce la obligación de contemplar,
tanto en las evaluaciones de riesgos laborales como en el Plan de Prevención
y en el Plan de Emergencia, la posibilidad de que los trabajadores y
trabajadoras sufran actos violentos con ocasión de la realización de su
trabajo, además del deber para las entidades de impartir formación
eficaz a los trabajadores y trabajadoras en relación a este riesgo. Del
mismo modo se declara el derecho de los representantes de los trabajadores y
trabajadoras a ser informados y consultados en todo lo relativo a este tema.
- De la declaración de
usuarios de pantallas de visualización de datos se deriva que los
trabajadores y trabajadoras deben ser protegidos de forma individual y
específica ante los riesgos laborales derivados del uso frecuente de las
pantallas de ordenador para evitar posibles trastornos
músculo-esqueléticos, problemas visuales, fatiga mental, etcétera.
Comfia-CCOO ha recorrido un
largo camino para alcanzar estos logros y va a hacer el correspondiente
seguimiento en estas materias para que la salud de las personas sea protegida
debidamente y no se vea afectada por el trabajo que desempeñan.
Por un lado, instando a la patronal de Cajas a aplicar los criterios de la
declaración del atraco como riesgo laboral en todo el sector. Y, por otro lado,
instando de nuevo a las Cajas que todavía no han reconocido la cualidad de
usuarios de pantallas de visualización de datos a las personas que trabajan en
ellas a tal declaración y a la oportuna adopción de medidas de prevención.
Las personas,
pues, son el bien más valioso de los centros de trabajo y como tal su
integridad y seguridad no puede relegarse a un segundo término para lograr una
mayor protección del dinero que se custodia en las oficinas a través de
sistemas de retardo de apertura de los elementos que protegen el dinero, ni de
la ausencia de sistemas de vigilancia y protección adecuados desde el punto de
vista humano frente a posibles actos de violencia. Del mismo modo que su
salud tampoco debe quedar subyugada con medidas de prevención generalistas y
economicistas para un mayor logro de beneficios a través del uso prolongado
y desprotegido de las pantallas de visualización de datos
Estas dos resoluciones afectan no sólo al sector de Cajas de
Ahorros, sino a todo el sector financiero (Bancos y Cajas Rurales) por la similitud de
funciones de sus trabajadores y trabajadoras. Igualmente Comfia-CCOO defiende
que deben ser tenidas en cuenta en otros sectores como los de Seguros,
Telemarketig, ETT’S, TIC, …, tanto porque en ellos el uso del ordenador es
la forma más frecuente de la realización del trabajo, como por el trato directo
con el público y las posibles situaciones de violencia que tal hecho puede
generar. Los criterios relacionados con este último extremo son aplicables más
allá de las empresas que se engloban en COMFIA-CCOO, como federación de
servicios financieros y administrativos, ya que dichas situaciones de posible
violencia también se dan en comercios,
gasolineras, joyerías, etcétera.