La entrada en vigor de la Directiva MiFID II supone un cambio normativo en todas las entidades que va más allá de la formación para asesorar e informar, puesto que implica una nueva forma de relación con la clientela. Cambios que también vienen para reforzar la profesionalidad, injustamente cuestionada en muchas ocasiones, de las plantillas del sector financiero y para dotar de una mayor protección al personal sujeto a la normativa… [Leer Más]
CCOO tenemos claro que la responsabilidad es de las
entidades, puesto que la directiva MiFID II no modifica lo establecido por el
Estatuto de los Trabajadores y el Código Civil, que es donde se determina en
nuestra legislación la responsabilidad de los trabajadores y trabajadoras en el
ejercicio de sus funciones profesionales, y para corroborarlo hemos solicitado
un informe a nuestros servicios jurídicos del que os informaremos en cuanto
esté concluido.
Además, la propia CNMV, en la reunión que mantuvimos
con ella, nos manifestó que la responsabilidad es de las entidades, ya que son
ellas las que diseñan y distribuyen los productos financieros y quienes están
obligadas a indicar a qué segmentos concretos de la clientela pueden
comercializarse cada uno de ellos.
Otra cosa es que, aunque la responsabilidad sea de
las empresas, puedan producirse demandas al personal de gestión, puesto que
algunas asociaciones de consumidores y gabinetes jurídicos aconsejan que se
denuncie, no solo a la entidad, sino también al empleado o empleada. Y puesto
que esto, aunque no de manera masiva, ya ha sucedido anteriormente, CCOO
pedimos que, en el hipotético caso de que suceda, las entidades den toda la
cobertura jurídica y civil a la plantilla.
Por todo ello, no está de más tomar nuestras propias
precauciones, y que extrememos, aún más si cabe, lo que ya venimos haciendo
desde siempre, el cumplimiento riguroso de las normativas vigentes.
Para ayudar a esa protección que nos da MiFID II, la
CNMV ha habilitado un «canal de comunicación de infracciones», al que se puede
acceder de manera confidencial si se detectan irregularidades o comportamientos
que contravienen la normativa (CNMV).
Además, CCOO
instamos a las empresas a que habiliten canales internos para poder denunciar
malas prácticas que se pretendan inducir al personal por parte de algún
superior jerárquico. Bien en las comisiones de formación de las entidades, o
expresamente dando participación sindical en los órganos creados para la
aplicación y seguimiento de la normativa MiFID II, es donde pueden regularse
estos mecanismos.
Con respecto a la formación requerida, CCOO también
te ayuda si lo necesitas, y por ello ponemos a tu disposición el curso «Certificado de Asesoramiento Financiero«, con un descuento del 50% para la
afiliación y que se imparte en la
modalidad online por el Instituto Europeo de Postgrado, organización homologada
por la CNMV (pincha
aquí).
CCOO instamos también a las entidades a que
provean adecuadamente todo lo necesario para ayudar y facilitar a las
trabajadoras y a los trabajadores la correcta aplicación de esta nueva
normativa, es decir, tanto en lo referido a la implementación de herramientas
telemáticas, como en la publicación de normativas y protocolos de
asesoramiento, venta y comercialización sencillas y claras.