¡NO TE LA JUEGUES!

El éxito comercial en la red
de oficinas va indisolublemente unido a la confianza que tiene la clientela en
la plantilla.
Lamentablemente, las malas prácticas que han llevado a cabo
algunas entidades (venta de preferentes, colocación de acciones, etc.) se han
llevado por delante nuestro principal activo: la credibilidad. Y así lo
entiende la Autoridad Bancaria Europea, que está elaborando pautas para
fomentar la confianza en el sector financiero y que serán de obligado
cumplimiento a partir de enero del 2017. Ver artículo
relacionado.

El dinero es miedoso, suele decirse. Y
efectivamente lo es. Y cuando, a nivel sectorial, se le ha dado motivos para
perder la confianza, no es sencillo recobrarla. Conseguirlo es una labor muy
complicada a la que, día a día, se aplica la plantilla del sector con su
profesionalidad.

Pero nuestros directivos parecen no enterarse.
La que sí se entera es la Autoridad Bancaria Europea que ?desaconseja
expresamente determinadas prácticas que califica de indeseables, como que los
bancos organicen competiciones entre los empleados para que superen
determinados umbrales de venta para obtener premios?
. La ABE ignora que empieza a ser habitual en la
mayoría de los casos, no el recibir premios, sino evitar con ello recibir amenazas desde instancias superiores.

CCOO, al hilo de lo que recomienda la ABE y ante las numerosas
consultas y denuncias recibidas, con motivo de las presiones
de las que somos objeto debido al desesperado intento por cumplir los objetivos
comerciales, os recordamos que en NINGÚN CASO el interés comercial puede
estar por encima del cumplimiento normativo y del cumplimiento de las Leyes, de
obligado complimiento para el conjunto de la plantilla.                                                                      

Os recordamos, en relación a:

  • Ley
    Orgánic
    a de Protección de Datos (LOPD)

    • Las claves son personales e intransferibles,
      se han de cambiar periódicamente.
    • Si te ausentas de tu puesto, debes bloquearlo.
    • No des ni aceptes información de clientes
      por correo electrónico o por teléfono.

  • Ley de Blanqueo
    de Capitales

    • La obligación de identificar personalmente a toda la clientela a
      la que atendamos o a la que aperturemos cualquier contrato.
    • No se puede abrir ningún contrato sin el cliente delante y sin
      que firme los documentos correspondientes en cada caso.
    • No se puede contratar ningún producto solo porque una compañera/o o responsable superior te diga que lo contrates. Sin el cliente
      delante y sin haber identificado bien al mismo (DNI original, no copias) no
      debemos contratar ningún producto.
    • Nunca debemos dejar ningún contrato sin firmar por el cliente. Cada día a última
      hora los responsables de
      la oficina  deberán comprobar que todos los contratos realizados durante la
      jornada están debidamente firmados por los clientes correspondientes.
    • Recordar que hay que escanear e introducir en el gestor
      documental toda la información correspondiente.

?Tenemos normas,
pero muy malas costumbres?

  •  Normativa
    interna de BMN:

    • Manual
      de Prevención de Blanqueo de Capitales (A.Código 0436 en Inostrum)
    • Manual de Operatoria
      Básica de Oficina
      (Circulares 151/002/2016 y 960/014/2016). Con motivo de la Orden
      ECC/2316/2015
      se han realizado cambios, en caso de apertura de cualquier
      cuenta, depósito, etc y es requisito indispensable que el cliente firme la
      ficha precontractual y se introduzca en el gestor documental un día antes de
      proceder a la apertura del contrato. Si, como dice la Ley, el cliente
      debe estar presente y firmar la apertura del contrato, se deduce claramente
      que cuando un cliente quiera abrir una cuenta deberá pasar a firmar y llevarse
      la ficha precontractual y, en segundo lugar, pasar el día siguiente o algún día
      posterior a la entrega de la ficha precontractual para proceder a la apertura
      del contrato. Os recordamos que las normas deben
      cumplirse y si comercialmente a alguna jefa o jefe no le parece correcto deberá
      dirigirse a los que las hacen y nunca presionar a ninguna compañera o compañero
      para que se las salte.
    • Código de conducta
      (A.Código 4309 en Inostrum)
      impuesto por BMN, sin
      negociación ni acuerdo con la representación laboral,
      dice (y lo dicen ellos) que la plantilla de BMN, toda, actuará con
      respeto y honestidad en todo momento. Que
      prediquen con el ejemplo.
    • Manual de Riesgo; la circular
      000/003/2016 informa de su actualización. Recordamos que la capacidad de pago
      es un dato fundamental a tener en cuenta para la concesión de riesgos y nunca deberá
      prevalecer el cumplimiento de objetivos frente a la concesión correcta de
      créditos.Para solicitar el CIRBE de retorno, el
      cliente nos deberá dar autorización, por
      tanto deberemos tener siempre la
      firma del cliente con su consentimiento. Y no dejes de
      cumplir
      estrictamente
      con las facultades asignadas
      .

  •  Y recuerda también:
    • La activación y entrega de
      tarjetas se debe realizar por solicitud expresa y firmada del cliente. No
      puede ser nicho de cobro de comisiones de forma ilegal. 
    • Ofrece los productos a tus clientes en función de
      sus necesidades y perfil
      financiero.
    • El cumplimiento de la normativa básica es fundamental para el
      buen hacer bancario y más aún en estos tiempos que vivimos así que no debería
      ser ningún problema para nadie el cumplir las obligaciones formales. El interés comercial nunca
      puede ponerse por delante del cumplimiento de la Normativa.
    • El incumplimiento de las Leyes, aunque tiene graves
      repercusiones para la empresa, principalmente las tiene para la persona que las
      incumple. Nadie tiene la potestad de hacerte saltar una Ley y
      dicha actitud debe ser puesta de inmediato en conocimiento de un órgano
      superior competente y/o de tu sindicato.

CCOOexige que, ante el buen hacer y la profesionalidad de la plantilla, la DIRECCIÓN
de BMN sea consecuente con su normativa y con la legislación vigente y  no obligue a su
incumplimiento sistemático bajo presiones y amenazas. 

No son
tiempos de
 #terrorismoempresarial

 ?somos bancari@s
y no banquer@s?

NO ESTAS
SOLA, NO ESTÁS SOLO

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