¿Quién firma y
qué tenemos que hacer antes de firmar el NSR?
Sin entrar a valorar la
conveniencia o no del salario graciable que se negocia individualmente (con la
desigualdad entre las partes que ello conlleva) y sin conocer valores o importes
comparativos, pasamos a informaros sobre unas pautas recomendables de
comportamiento ante la situación real en que nos encontramos si queremos
cobrarlo.
El documento del Sistema
Retributivo (NSR) sólo lo firman las personas que cobran complementos graciables
distintos del complemento movilidad. No lo firman quienes cobran únicamente
conceptos convenio, ya que no tendría ningún sentido.
Por ahora lo han firmado los
compañeros y compañeras que se han ido integrando individualmente en unidades
Popular (Ej. Servicios centrales en Madrid) o en oficinas Popular (en las
reubicaciones de oficinas fusionadas y en las Direcciones Regionales y
Direcciones Territoriales), y es previsible que se extienda progresivamente
ahora que todos somos plantilla Banco Popular.
Tenemos derecho a revisarlo y a
quedarnos una copia del mismo (así ha sido hasta ahora y así debe ser). Si
alguien nos viene con prisas nosotros no tenemos la culpa de que no nos lo haya
presentado con suficiente antelación. También tenemos derecho a pedir todas las
aclaraciones que necesitemos, es nuestro salario.
Por lo que hemos ido comprobando
desde los primeros casos de integración, los cálculos están hechos a partir del
importe que figuraba en el portal del empleado de Banco Pastor como “salario
anual estimado”, que corresponde al salario bruto 2011, y que no difiere gran
cosa del de 2012, ya que no ha habido incremento convenio. Las diferencias están
en los “atrasos convenio” del mes de febrero de 2011, en que no tienen en cuenta
la bolsa de vacaciones y su regularización de final de año ni tampoco la ayuda
escolar. No podemos compararlo con la base imponible del IRPF que sí suma estos
conceptos, así como los incentivos que reciben un tratamiento distinto como
“bonus” en Banco Popular y de los que informaremos en otra circular.
De todos modos, podemos
contrastarlo si vamos sumando todas las nóminas del año 2012, teniendo en cuenta
todos los conceptos estables (ej. la bolsa de vacaciones varía cada año y
tampoco entra en el NSR, ni los incentivos).
El NSR debería corresponder con el
salario que estamos cobrando en Banco Pastor excepto nuevas condiciones que se
negocien en este momento (incrementos por alguna negociación de aumento de
responsabilidades o por aceptar movilidad).
Estamos detectando algunos
problemas relacionados con complementos por desplazamiento, cuyo importe tendría
que estar incluído aunque en Banco Popular no exista tal concepto, y con el
mantenimiento de ayudas vivienda (que consideramos se deberían conservar hasta
el vencimiento pactado) si no hay movilidad. Estamos reclamando ante RR.HH. del
Banco una solución a esta situación, pero no esta solventado con criterio
general, ya que nos alegan que hay muchos que no corresponden a desplazamientos
o traslados reales.
Para cualquier duda o problema
podéis poneros en contacto con los delegados de CCOO.
También ponemos a vuestra
disposición el programa informático “ TU SALARIO” que tenemos para el cálculo
del salario anual del NSR y sus posteriores revisiones por incrementos convenio,
del que es responsable Xavier Montes (localizable en la Urb. 227 de Barcelona -telef.
932097722- ó en el móvil 620845530.
julio 2012