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  • BOLETÍN INFORMATIVO

    ¿SABÍAS QUE TIENES DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL SEA CUAL SEA TU PUESTO DE TRABAJO?

    La desconexión digital no es una cortesía, ni una opción negociable. Es un derecho laboral consolidado y reconocido por ley. No vamos a tolerar más la invasión de nuestro tiempo personal, nuestro descanso, y nuestra vida familiar. El trabajo se realiza en la jornada laboral, y una vez finalizada, la empresa no tiene el derecho de contactar contigo.

     

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    Ver comunicado en pdf.

  • CCOO reclama recolocaciones en el ERE de Covisian en Calatayud

    CCOO ha participado este martes en la segunda reunión —la primera tras la constitución formal de la mesa negociadora— del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) planteado por la empresa Covisian en su centro de trabajo del polígono La Charluca de Calatayud.

    La dirección de esta compañía tecnológica mantiene por el momento su propuesta de 67 extinciones, pese a mostrar cierta receptividad a las propuestas sindicales.

    Desde CCOO hemos trasladado que existen ¨posibilidades reales de recolocación de parte de la plantilla, lo que reduciría de forma significativa el número de despidos. Además, hemos defendido que, en caso de que finalmente se produzcan extinciones, estas sean de carácter voluntario¨ y no forzoso.

    CCOO reclama a la empresa más información y documentación, ya que la aportada hasta ahora resulta insuficiente para que la representación legal de las personas trabajadoras pueda realizar su labor de manera adecuada.

    La próxima reunión está prevista para el martes 16 de septiembre, en la que CCOO seguirá defendiendo la viabilidad de las recolocaciones y la necesidad de limitar el impacto social del ERE.

     

  • Tu Plan de Pensiones mejora: Menos comisiones y +rentabilidad

    A partir del 1 de octubre se reduce la comisión de gestión de tu plan de pensiones de empleo. A menor coste, mayor rentabilidad.

    En la última reunión de la comisión del Plan de Pensiones, se aprobó una medida que impacta directamente en tu bolsillo.

    A partir del 1 de octubre, la comisión de gestión del Plan de Pensiones se reduce del 0,20% al 0,10%. Calculando en base a los derechos consolidados a fecha 30/06/2025, esto se traduce en un ahorro anual de más de 216.000 euros. Menos costes implican mayor rentabilidad. Así de claro.

    La estrategia iniciada en 2021 empieza a dar resultados en la marcha de nuestro Plan, ya que ha superado al benchmark y ha escalado posiciones en los rankings nacionales de planes de pensiones de empleo.

    Rentabilidad 2024: 5,66%

    Rentabilidad acumulada 2025: 1,81% (hasta el 30/06/2025)

    Estamos entre los mejores en el ranking de rentabilidad de los grandes planes de pensiones de empleo en España. Nuestro Plan figura en una posición destacada.

    Esto confirma que vamos por el buen camino: gestión eficiente, decisiones acertadas y resultados que benefician directamente a quienes somos partícipes.

    Desde CC.OO. seguiremos vigilando, proponiendo y defendiendo mejoras que refuercen tu previsión social. La participación de CC.OO. en la comisión de control del plan de pensiones se hace con el mayor rigor, profesionalidad y cualificación de los delegados y delegadas que lo conforman.

    Tu futuro también se construye hoy.

  • ¡ Volvemos a corregir, por medio del juzgado, el convenio de hostelería de S/C de Tenerife!

    La Federación de Servicios de CCOO Canarias logra una sentencia pionera que reconoce el derecho de la plantilla del Hotel Royal River Luxury a percibir las compensaciones económicas por descansos inferiores al mínimo legal.

    El Juzgado de lo Social nº7 de Santa Cruz de Tenerife ha dado la razón a la Federación de Servicios de CCOO en el procedimiento de conflicto colectivo interpuesto contra la empresa IGS Ingenieros S.L. (Hotel Royal River Luxury, Costa Adeje), reconociendo el derecho de las personas trabajadoras afectadas a percibir las cantidades correspondientes por el incumplimiento del descanso mínimo legal de 12 horas entre jornadas.

    La sentencia declara probado que la empresa venía aplicando un pacto salarial firmado por SINDICALISTAS DE BASE, que reducía de forma sistemática el descanso diario a 10 horas, compensando esta pérdida con tan solo 1,50 euros por turno, lo que supone un valor muy inferior al de la hora ordinaria de trabajo en el sector de hostelería.

    El fallo reconoce que este acuerdo era lesivo y contrario a derecho, ya que vulnera el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales. En consecuencia, se condena a la empresa a abonar a la plantilla las compensaciones correspondientes al valor de la hora ordinaria de trabajo por cada descanso no disfrutado.

    Nota de prensa (PDF)