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  • Las empresas no pueden inspeccionar el mail de sus trabajadores

    La compañía informática Interbel presentó un demanda de despido disciplinario contra Esther G.G. adjuntando como pruebas el uso personal del correo eléctrónico y las navegaciones realizadas en Internet con fines privados.

    Además, la acusó de haber infectado a través de dos virus informáticos (detectados en mensajes de carácter personal) la base de correos eléctrónicos de la empresa y archivos de carácter general

    La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado una sentencia que considera improcedente el despido de una trabajadora cuyo correo electrónico y consultas en Internet fueron inspeccionadas por la empresa que la empleaba, la compañía informática Interbel, del Parc Tecnològic de Vallès en Cerdanyola (Barcelona), para justificar el despido.

    La sentencia, con fecha del pasado 11 de junio, considera que el correo electrónico de los trabajadores está protegido por el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, recogido en el artículo 18 de la Constitución. Además, declara probado que la empleada sufrió acoso moral por parte de la empresa, según explicó hoy en rueda de prensa su abogado, Carlos Sánchez Almeida.

    De esta forma, el TSJC confirma la resolución del Juzgado de lo Social número 32 de Barcelona, que obliga a Interbel a pagar a la empleada despedida una indemnización de 7.776,30 euros.

    El caso

    El 8 de abril de 2002 la empleada de Interbel despedida, Esther G.G., cogió la baja por depresión a causa del ‘mobbing’ o acoso moral que aseguraba sufrir en su centro de trabajo. Según explicó su abogado, la trabajadora era objeto de «degradaciones laborales continuas», obligándola a desempeñar funciones por debajo de su cualificación, y de permanentes críticas sobre su forma de vestir.

    Por ello, 20 días después la trabajadora presentó una demanda de extinción de contrato por ‘mobbing’. Ese mismo día, explicó el letrado, la compañía Interbel encargó a una firma auditora el peritaje del ordenador que utilizaba Esther G.G. y, en ausencia de la trabajadora, se recogió una serie de correos electrónicos personales y direcciones electrónicas a las que supuestamente se había conectado.

    La compañía presentó entonces un demanda de despido disciplinario contra la trabajadora adjuntando como pruebas el uso personal del correo eléctrónico y las navegaciones realizadas en Internet con fines privados. Además, acusó también a la trabajadora de haber infectado a través de dos virus informáticos (detectados en mensajes de carácter personal) la base de correos eléctrónicos de la empresa y archivos de carácter general, entre otros.

    Sánchez Almeida señaló a este respecto que el ordenador que usaba su representada «era utilizado por otros empleados» que iban rontando de posición en la oficina y es «imposible» demostrar quiénes realizaron tales navegaciones. En cuanto a los viros informáticos, se limitó a recordar que Interbel es una emrpesa informática que se dedica, entre otras cosas, a comercializar sistemas antivirus.

    Necesidad de regulación

    El secretario de Acción Sindical de la Federación de Servicios Financieros y Administrativos de Comisiones Obreras de Catalunya, Ramon Tudela, considera que la sentencia del TSJC como una muestra de que «se nos da la razón» y que «debe ser tan impensable mirar el correo electrónico de un trabajador como abrirle una carta».

    En la regulación del uso de Internet, señaló, «se produce una confrontación entre el poder de la empresa sobre sus medios de comunicación y el derecho de los trabajadores» sobre la privacidad de sus comunicaciones, así como sobre la posibilidad de enviar y recibir información de los sindicatos.

    Para resolver esta situación, Tudela apostó por regular la utilización de las nuevas tecnologías de forma pactada en los convenios colectivos, ya que «en las empresas en las que ésto se ha hecho, se han reducido muchísimos los conflictos». En este sentido, el portavoz sindical recordó que CC.OO. ha presentado dos iniciativas en el Senado y una en el Congreso de los Diputados para regular los «ciberderechos» de los trabajadores.

    En la actualidad, ha regulado el uso de Internet de forma negociada con los trabajadores firmas como Barclays Bank, Deutsche Bank, Ibercaja, Mapfre, Catalana Occidente, Allianz y Adecco ETT, mientras que lo han hecho de forma unilateral La Caixa y Caixa Catalunya.

    Por otra parte, se ha prohibido el uso de Internet para cualquier otros usos ajenos al profesional, incluida la comunicación sindical, en el BBVA, el SCH, Banesto y Caja Madrid.

    Texto de las Sentencias

  • Un paso positivo para mejorar las relaciones laborales en Banesto

    Hoy, día 16 de Julio, ha quedado constituida la Comisión para la Igualdad de Oportunidades, cuya función será la de proponer, debatir y realizar un seguimiento de todas aquellas medidas que fomenten la igualdad de oportunidades en el seno de Banesto. Esta Comisión estará formada por 1 representante de cada uno de los Sindicatos firmantes (CCOO, UGT, CGT y FITC) y dos de la empresa.

    Con ello se logra una vieja aspiración de esta Sección Sindical, para cuya consecución hemos tenido que vencer algunas reticencias de la empresa, acostumbrada a la introducción de iniciativas que afectan a los trabajadores de forma unilateral, pero, sobretodo, se abre la puerta al desarrollo de una aspiración que está en la sociedad, y a la que las empresas no pueden dar la espalda.

    La lucha contra la discriminación profesional por razón de género, la superación de los términos sexistas en el trabajo cotidiano, etc., son tareas que nos incumben a todos, a fin de fomentar un ambiente laboral más progresista y acorde con los tiempos.

    La representante de CCOO en la citada Comisión será nuestra delegada María Jesús Herranz, Técnico Nivel 6, que desarrolla su labor en los Servicios Centrales y es, a la vez, la responsable del Área de la Mujer de esta Sección Sindical. Ella será la encargada de promover nuestras propuestas de trabajo en este órgano, de las cuales os iremos informado próximamente.

    Esperamos que este paso sea el inicio de una colaboración más fructífera entre la representación de Banesto y la de los trabajadores, a fin de crear un clima laboral más sosegado y positivo para todos.

    16 de julio de 2003

  • Absorción en los complementos voluntarios (llueve sobre mojado)

    16 07 03 Muchos empleados y empleadas (más de un centenar según la propia organización) este año van a cobrar exactamente lo mismo que el año anterior con independencia de lo que se incremente el IPC o lo que se pueda firmar por convenio, ya que el incremento a cuenta de convenio les ha sido absorbido y compensado a través de los complementos voluntarios. (PDF:Cat. / Cast.)

    ABSORCIÓN EN LOS COMPLEMENTOS VOLUNTARIOSLlueve sobre mojado

    Como habréis podido comprobar, en la nómina del mes de junio se ha llevado a cabo un incremento del 1,75% a cuenta sobre aquellos conceptos establecidos en el Convenio Colectivo de Banca (A.01 salario base, B.01 antigüedad, C.16 plus polivalencia, E.03 plus convenio calidad trabajo y bolsa de vacaciones), con efectos de enero de 2003. Respecto a los complementos voluntarios, el Banco ha actuado de tres maneras distintas: en algunos casos, ha aplicado el incremento a cuenta también a los complementos voluntarios; en otros, ha mantenido la cantidad que se percibía. Pero lo más grave es que muchos empleados y empleadas (más de un centenar según la propia organización) este año van a cobrar exactamente lo mismo que el año anterior con independencia de lo que se incremente el IPC o lo que se pueda firmar por convenio, ya que el incremento a cuenta de convenio les ha sido absorbido y compensado a través de los complementos voluntarios (E.07 –complemento voluntario-, B.05 –complemento salarial- y el B.50 –mejora voluntaria-). Ante tamaño despropósito, esta sección sindical ha solicitado a la empresa, por qué motivos y basándose en qué criterios se han realizado estas absorciones. Como siempre, su respuesta ha sido mínima y confusa. El sistema es tan genérico como que se ha hecho sobre la base de la relación entre el sueldo que percibe el trabajador en cuestión y las tareas profesionales que lleva a cabo. Para poder hacer objetivo este criterio general, deberíamos saber cual es el sueldo teórico de nuestro puesto de trabajo, cómo se puede conocer, cuál es el grado de desproporción que comporta la congelación del salario, en qué se valora la opinión de la persona afectada, etc. Nada de eso sabemos ni conocemos. Ante un criterio que voluntariamente huye de la objetividad, una vez más, la empresa agrede, se lava las manos y responsabiliza a los jefes de tomar decisiones de difícil justificación ante sus colaboradores. Por nuestra parte, entendemos que éste no es el único criterio, puesto que, por la información de la que disponemos, preferentemente se les ha aplicado a trabajadores y trabajadoras con grading bajo (1 ó 2). Además, hay que tener en cuenta que la última valoración del grading responde a la efectuada en noviembre de 2001, por lo que en ningún caso sería válida para tomar esta decisión. Por otra parte, mucho nos tememos que entre las personas afectadas algunas de ellas estén enfermas o hayan sufrido en los últimos tiempos situaciones de estrés, ansiedad, depresión, etc. Situaciones y circunstancias que nos afectan a muchos de nosotros por el creciente grado de exigencia de la empresa. Ponemos en vuestro conocimiento que RRHH insiste en que la responsabilidad de tomar la decisión de absorber o compensar dichos incrementos recae en el superior jerárquico inmediato de la persona. En otras palabras, si el jefe defiende con argumentos la no absorción, ésta no se produce. En su momento, desde RRHH también se nos dijo que previamente a la absorción, el jefe inmediato de la persona tenía que reunirse con ella para comunicárselo exponiendo los motivos de tal decisión. Aquellas personas que se vean perjudicadas por esta actuación empresarial y crean que no se ajusta a los motivos expuestos por la empresa, entendiendo que son otros, como por ejemplo: personales, bajas o enfermedad, horario, dedicación, tareas sindicales, etc., les agradeceremos se pongan en contacto con esta Sección Sindical. En cualquier caso, la empresa se muestra dispuesta a estudiar casos particulares, por lo que desde CCOO os facilitaremos el apoyo que necesitéis. Una vez más, éste es el marco empresarial en que nos movemos. Ante el manejo de cantidades astronómicas en marketing, en grandes operaciones financieras, en nuevas tipologías ya nacidas viejas, inversiones ruinosas, estudios de clima sin meteosat, etc., parece ser que la solución a nuestros males es conseguir que más de un centenar de personas “disfruten” de un crecimiento salarial “0”, con independencia del incremento anual del nivel de vida o de lo que estipule el convenio de banca.

    Sabadell, 16 de julio de 2003

  • Acta de la reunión de fecha 15/07/2003

    Orden del día:
    Aprobación del acta de la reunión mantenida el 30/6/03
    Propuesta de reglamento del Comité y aprobación si procede
    Formación de comisiones
    Reunión mantenida con la empresa el pasado 7 de Julio.

    Ver acta

  • Aprobadas las cuentas de 2002 del Plan de Pensiones del BBVA

    El pasado día 23 de Junio la Comisión de Control aprobó las cuentas anuales, de 2002, del Plan de Pensiones del BBVA.


    Se trata de la parte administrativa y contable de la Gestora; del informe que sobre
    dicha actividad hace la Cía. Auditora, y se completa con el informe
    anual de la Actuaria del Plan, quien debe controlar tanto al
    promotor (BBVA), como a la Gestora.

    CCOO hemos aprobado la parte de la Gestora y la Auditora, con varias
    disconformidades recogidas en el Acta de la Comisión, y no hemos
    aprobado (legalmente no es obligatorio) el informe actuarial, ni los
    anexos al mismo, por discrepancias de fondo sobre su contenido.
    Hemos conseguido que el Banco acepte pagar los gastos de Actuaria de
    los colectivos de prestación, unos 250.000 €, como una mayor
    aportación. Así, para los colectivos de aportación aumenta el valor
    de sus participaciones por la reducción de gastos.

    Aprobación de cuentas de la Gestora
    La gestión administrativa y contable se aprueba anualmente, y está
    separada de la gestión de la cartera de la que da cuenta a la
    Comisión de Control trimestralmente, y que hasta la fecha, quitando
    algún fuego de artificio, se ha aprobado unánimemente.
    Este año la Gestora y la Actuaria decidieron crear un Fondo
    Especial, o de Maniobra, que ha provocado controversia y que han
    explicado, y asegurado que corresponde a los colectivos de
    prestación y que está adjudicado a los partícipes, pues no puede
    haber ninguna partida sin atribuir. Aún así hemos exigido que se le
    llame Provisión Cálculo Prestación Definida, que se controle su uso
    por la Comisión Técnica de la de Control, y que no se utilice para
    minorar aportaciones del promotor.

    Informe de la Compañía Auditora
    CCOO hemos rechazado la afirmación que recoge dicho informe, según
    la cual, la Comisión de Control ha aprobado calcular derechos
    consolidados de colectivos de prestación con una TIR media (media de
    tipos de interés de la póliza de aseguramiento), tomada de un Acta,
    cuando lo que hicimos fue dar opción a la Actuaria para utilizar una
    forma de cálculo que no creara diferencias a igualdad de derechos,
    siempre sin modificar las bases técnicas del Plan.

    Informe anual de la Actuaria, y sus anexos
    Mantenemos nuestra posición crítica ante la actuación de esta actora
    fundamental del Plan de Pensiones. En nuestra opinión, no ejerce la
    labor de control que es su razón de ser, ni acerca del papel del
    promotor, BBVA, como principal suministrador de información, ni
    acerca de las funciones administrativas y contables de la Gestora.
    En los dos últimos años, desde la incorporación del BBV, ha de
    realizar anexos a su informe por falta de datos; no comprueba a
    satisfacción el cálculo de prestaciones a beneficiarios, ni si todas
    las aportaciones a los colectivos de aportación son correctas.
    Realiza muestreos que para CCOO son claramente insuficientes. Además
    mantenemos desacuerdos históricos, desde Argentaria, sobre
    valoración de algunas variables de los colectivos de prestación:
    jubilación a los 63 años de media y no a la edad más temprana de
    jubilación, el calcular los derechos con la TIR citada, el distinto
    trato que se da a los excedentes …

    Gastos de la Actuaria
    CCOO creemos muy elevado el importe de sus honorarios. Hemos
    planteado que en adelante trabaje sobre presupuesto, y que hay que
    reconsiderar la forma de remunerarle, bien por encargos, o fijar una
    cifra que incluya ciertos trabajos.
    Después de reiteradas peticiones por nuestra parte, nos entregó
    detalle de trabajos por colectivos de prestación y aportación. Para
    2002: 60% prestación, 40% aportación. El total de gastos ascendió a
    418.557 euros.
    Cuando el Plan era mayoritariamente de prestación, el promotor tenía
    la obligación de aportar hasta la obligación contraída, por ello
    cualquier gasto que rebajara el capital debía ser soportado por el
    Banco. CCOO, exigimos que el BBVA siguiera soportando los gastos de
    prestación y no sólo de los devengados en 2002 por la Actuaria sino
    también los de 2001 contabilizados en dicho ejercicio. Al final,
    tras una dura negociación, de la que algún sindicato «salvador del
    fondo» se ha enterado por la prensa, conseguimos que aceptara una
    mayor aportación por 250.000 euros. Así, los colectivos de aportación
    verán mejorada la valoración de su patrimonio por reducción de
    gastos.
    No obstante, hay que recordar que el Plan sólo tiene una
    contabilidad
    , que exteriorizamos los complementos de BBV gracias a
    la existencia del Plan de Argentaria, y que si hubiera, algo no
    deseable ni legal, contabilidades separadas, los colectivos de
    aportación, por la parte de prestación que tienen (invalidez y
    fallecimiento), soportarían los gastos de Actuaria correspondientes.
    CCOO reafirma que, a diferencia de otros, representa a todos los
    colectivos de partícipes por igual. En los gastos actuariales, como
    en otros temas, hay sindicatos que olvidan que es obligación de
    todos informar con rigor y ecuanimidad, y no manipular cifras o
    tiempos para justificar decisiones tomadas por intereses de parte.

    Por qué este año hemos tardado más en aprobar las cuentas
    4 reuniones entre Abril y Junio. El Plan BBVA está todavía en rodaje
    por la gran cantidad de colectivos, con características distintas,
    que lo forman. De ahí, la gran dificultad, y el esfuerzo que
    requiere su control. CCOO lo venimos peleando, con la ayuda de UGT,
    y secundados por CC y los dos beneficiarios. CGT va a su bola y
    aunque participó de la candidatura conjunta de los 4 sindicatos,
    pronto se descolgó y decidió utilizar el Plan como objeto de
    controversia sindical, criticando al resto de Sindicatos, sobretodo
    a CC.OO, y poco al Banco.
    Los desacuerdos históricos de prestación, citados en el párrafo
    sobre el informe actuarial, que vienen del Bex, entre los
    representantes de los partícipes y el Banco, cobran ahora mayor
    relevancia ante la propuesta del BBVA de cambiar la forma de
    prestación definida por aportación definida. Los derechos de partida
    son clave y la Actuaria ante nuestra presión ha ampliado
    información, la cual ha provocado nuevos desacuerdos. De ahí las
    manifestaciones, disconformidades y cautelas, tanto de CCOO como de
    UGT.

    Sobre formas de actuación de la representación de los partícipes
    Aunque por la información que emitimos periódicamente cada sindicato
    ya se puede deducir, insistimos: mientras CCOO y UGT nos batíamos el
    cobre, con el Banco y la Actuaria para ante la propuesta de cambio
    de sistema, no comprometernos, en la aprobación de cuentas, con
    criterios que pudieran hipotecar la negociación de dicho cambio, y
    provocando el retraso y las lógicas tensiones con el BBVA y la
    Actuaria, otros sindicatos han tenido una actitud bastante pasiva.
    Al parecer, los de prestación, no son sus colectivos…
    Cuando el 23 de Junio, casi toda la Comisión de Control del Plan de
    Pensiones del BBVA, 25 representantes: 11 del Promotor, 6 de CCOO, 4
    de UGT, 2 de CC y 2 de los beneficiarios, aprobamos las cuentas, con
    las reservas y manifestaciones citadas y con la Dirección General de
    Seguros en los talones, los 2 de CGT, por primera vez en 13 años no
    las aprueban por una diferencia de 120.000 euros aproxdte. en los gastos
    de la Actuaria, según un estudio suyo «sui generis». Algo
    absolutamente menor comparado con algunos de los desacuerdos que
    mantenemos con BBVA., que superan los 18.000.000 euros. ¡Viva la
    coherencia!

    Seguimos trabajando, seguiremos informando.
    Julio 2003.

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