Plataforma de Negociación IV Convenio Colectivo Grupo Generali

SIEGE y COMFIA, por los compromisos asumidos y publicitados el 16 de enero pasado, en un planteamiento de unidad de acción sindical han consensuado aquellos aspectos prioritarios que constituyen su plataforma reivindicativa y de negociación para el IV Convenio de Grupo Generali.


Pacto de estabilidad y
de mantenimiento de empleo con pretensión de larga duración

que mantenga y afiance aquellas condiciones recogidas en Convenios
anteriores propias de Grupo Generali:

  • estructura y tabla
    salarial,

  • movilidad geográfica
    y sus condiciones, manteniendo en caso de rechazo la indemnización
    del despido improcedente

  • el tratamiento de los
    excedentes individuales, a través de movilidad funcional y/o
    geográfica.

  • acción social y
    asistencial articulada en base a las condiciones de jubilación
    y planes de previsión, a los seguros de vida y accidentes,
    descuentos en seguros de empleados, préstamos, anticipos y
    premios de permanencia, entre las más importantes.

  • derechos sindicales y
    reconocimiento de las Secciones Sindicales de Grupo.

  • la mejora continua en la
    Formación a través de su Comisión de Formación.

Preservación de
las condiciones y derechos reconocidos en el Convenio General e
introducción de mecanismos de adecuación a las
mejoras
que la Ley o el Convenio General del Sector introduzcan durante la
vigencia del Convenio (Clasificación, Promoción y
Ascensos,..).

Finalización
del proceso de homogenización de las condiciones laborales en
Grupo Generali en materia de tiempo de trabajo
con el
establecimiento de un horario que, con carácter general y
universal y recogiendo los criterios y principios del Convenio
General, contemple:

  1. Distribución
    horaria para todas las Empresas del Grupo
    excepto COS.

  • Jornada partida
    (16 septiembre a 14 de junio): De lunes a jueves

    • Horario de obligado
      cumplimiento:

      • De 09.00 a 14.00 horas

      • De 16.00 a 18.00 horas

    • Horario flexible:

      • De 08.00 a 09.00 horas

      • Tiempo de almuerzo:
        mínimo 1 hora máximo 2 horas

      • De 18.00 a 18.30 horas

  • Jornada intensiva:
    • los viernes (16 de
      septiembre a 14 de junio) y las vísperas de festivos:

      • De 09.00 a 14.00 horas
        (obligado cumplimiento)

      • De 08.00 a 9.00 horas
        y de 14.00 a 15.00 horas (horario flexible)

    • el período
      estival de 15 de junio a 15 de septiembre y la semana patronal:

      • De 08.30 a 15.00 horas
        (obligado cumplimiento)

      • De 08.00 a 08.30 horas
        y de 15.00 a 15.30 horas (horario flexible)

  • El empleado dispondrá
    de dos días de libre disposición.

  • Los días 24 y 31
    de diciembre serán festivos.

  • Eliminación de
    los retenes de la tarde de los viernes y de los días de
    jornada estival
    para Informática.

  1. Distribución
    horaria COS
    (Barcelona y Madrid)

  • Retenes:
    eliminación de los retenes de viernes tarde y de la tarde de
    los días de jornada estival.

  • Se contemplan dos turnos
    comerciales (con jornada partida excepto en viernes, vísperas
    de festivos, período estival y semana patronal) y un turno
    intensivos de tarde.

  • Se introducen dos días
    de libre disposición y las vísperas de festivos (se
    asimilan a los viernes).

  • Turno comercial A:

    • De 08.30 a 14.00 horas

    • De 15.00 a 18.00 horas

  • Turno comercial B:

    • De 09.00 a 14.30 horas

    • De 15.30 a 18.30 horas

  • Turno de tarde:

    • De 14.00 a 22.00 horas

    • Pago de un complemento
      compensatorio de 200 € mensuales.

Los Incrementos
salariales y de las partidas y conceptos económicos del
Convenio
deben ser reflejo de los resultados de las Empresas y de
la mejora en la productividad. En consecuencia:

  • Tabla salarial
    incrementada según los índices del Convenio General:
    IPC con clausula de revisión salarial en base al IPC real

  • Incremento adicional de
    un 1% a aplicar un 0,5% a partidas salariales no compensables ni
    absorbibles y el otro 0,50% como aportación a Plan de
    Pensiones.

Las reforzamientos de
las medidas en la conciliación de la vida laboral y familiar

constituyen valor cualitativo en las relaciones laborales y un factor
altamente valorado por los trabajadores; en tal sentido se recoge:

  • Ampliación del
    límite mínimo de reducción de jornada por
    guarda de menor a 1/8 de la jornada.

  • Introducción de
    un permiso de paternidad de quince días

  • Acumulación del
    permiso de lactancia
    en días de vacaciones.

Los derechos
sindicales
como herramienta que garantice la acción
sindical y la interlocución y negociación colectiva en
Grupo Generali:

  • Establecimiento y
    regulación de fondos sindicales.

  • Establecimiento de una
    bolsa de horas para el ejercicio de las labores sindicales y
    de representación de los trabajadores.

Otros aspectos que deben
introducirse en el Convenio son.

  • Compromiso de elaborar
    en el primer año de vigencia del Convenio un Plan de
    Igualdad
    efectiva de mujeres y hombres.

  • Elaboración de un
    Protocolo en caso de acoso moral (mobing) o sexual.

  • Regulación del
    uso del correo electrónico e Internet.

Madrid, a 31 de enero de
2007