Nuestro
sindicato está pendiente de conocer el contenido de la sentencia
para poder emitir una valoración exacta de la misma.
Comisiones Obreras de Castilla y
León quiere dejar bien patente su preocupación por el reciente
fallo del Tribunal Supremo, en el que ha declarado ajustado a derecho
el Procedimiento de despido colectivo llevado a cabo en las empresas
públicas Tragsa y Tragsatec. Esta situación puede provocar la
pérdida de más de un millar de puestos de trabajo en todo el país,
de los cuales 200 corresponderían a la plantilla que ambas empresas
tienen en nuestra Comunidad.
Es por ello que los responsables
de la Federación de Construcción y Servicios, Inmaculada de Pablo
Arranz, y de Servicios, Jesús Olivar Gómez, han enviado una carta
al viceconsejero de Empleo y Diálogo Social de la Junta de Castilla
y León, Mariano Gredilla Fontaneda, para que medie y se evite
semejante ?sangría de empleo? en este territorio, y que
afectaría seriamente al ámbito rural. ?Por todo ello solicitamos
a la Junta un compromiso de apuesta decidida por la continuidad
laboral de estos trabajadores y trabajadoras, de cara a que la
Consejería de Fomento y Medio Ambiente por un lado y la de
Agricultura y Ganadería busquen alternativas con ambas empresas
públicas para que bajo ningún precepto se destruya empleo.
Este proceder provocaría a su vez la pérdida de la calidad en los
servicios que estas sociedades prestan en nuestra región?,
subrayan De Pablo y Olivar.
En estos momentos ambas
sociedades mercantiles cuentan con un mayor número de empleados en
activo que cuando se inició el Expediente de Despido Colectivo en
2013, teniendo necesidades de contratación de personal nuevo. ?Esta
sentencia choca frontalmente con las necesidades operativas de Tragsa
y Tragsatec y confirmado mediante los datos facilitados a las
Secciones Sindicales de CC.OO en ambas empresas. Es más, en la
actualidad se realizan horas extras para poder así cubrir las
necesidades operativas existentes?, afirman De Pablos y Olivar
responsables de Construcción y Servicios y Servicios de CCOO de
Castilla y León.
Si tanto Tragsa como Tragsatec
deciden dar cumplimiento al fallo del Supremo, la incidencia de esta
decisión en los servicios que prestan en el ámbito rural iría en
detrimento del desarrollo necesario para el mismo. Según los dos
dirigentes de CCOO, ?cambiaría
totalmente el presente escenario de los servicios rurales. Además
traería consigo un escenario de movilizaciones reiterado que de
ninguna manera sería positivo para nadie. De ahí la importancia del
papel que la Junta debe jugar en este asunto?,
remarcan.
El ERE de la discordia
En octubre de 2013 el Grupo Tragsa
presentó un Procedimiento de Despido Colectivo en sus dos empresas,
Tragsa y Tragsatec, durante el periodo de negociación no se alcanzó
acuerdo con lo que la empresa pública procede a notificar a la
autoridad laboral el 29 de noviembre de 2013 la ejecución de 726
despidos en Tragsa y 610 despidos en Tragsatec, con un periodo de
ejecución que abarca desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de
diciembre de 2014. En diciembre de 2013 se presenta demanda de
impugnación del despido colectivo en ambas empresas.
En febrero de 2014 empiezan los
primeros despidos (personas mayores, con reducciones de jornada,
etc.) y el 28 de marzo de 2014 la Audiencia Nacional declara Nula la
decisión extintiva del PDC de Tragsa,
con el
consiguiente derecho de los trabajadores y las trabajadoras afectadas
a la reincorporación a su puesto de trabajo, condenando
solidariamente a TRAGSA y TRAGSATEC a la inmediata readmisión del
personal despedido en sus puestos de trabajo, con abono de los
salarios dejados de percibir.
El 20 de mayo de 2014 se presenta
ampliación de la demanda de impugnación sobre el PDC de TRAGSATEC.
El juicio del PDC de Tragsatec se
aplaza al 27
de mayo de 2014 con el resultado de Acuerdo de conciliación respecto
a aplicar a TRAGSATEC la sentencia firme que dicte el Tribunal
Supremo ante el recurso presentado por la empresa contra la sentencia
dictada por la Audiencia Nacional el pasado 28 de marzo por el PDC de
TRAGSA, readmitiendo provisionalmente, en un plazo máximo de 15 días
hábiles, a los trabajadores/as despedidos/as en TRAGSATEC por la
aplicación del Procedimiento de Despido Colectivo (PDC).
La Audiencia
Nacional anuló
el despido colectivo de Tragsa y Tragsatec
por tres motivos: que no se había facilitado toda la documentación
contable exigida, la ?falta de concrección? en las causas
invocadas en la comunicación final del PDC a los representantes de
los trabajadores y que no se habían respetado los principios
constitucionales ?de igualdad, mérito y capacidad? a los que la
ley obliga en los casos de despidos en la Administración. Los
jueces del Tribunal
Supremo,
sin embargo, creen que la empresa no cometió ninguna irregularidad.
La
decisión adoptada por el Tribunal Supremo de declarar ?ajustado a
derecho? este Procedimiento da vía libre al Grupo Tragsa, grupo de
empresas totalmente públicas, a ejecutar el expediente completo con
una indemnización de 20 días por año a cada una de las
trabajadoras y trabajadores afectados, 1336 a nivel nacional.
Doscientos de esos puestos de trabajo están en el territorio
castellano y leonés, lo que supone un 20% de la plantilla en esta
región.
La
decisión la ha adoptado por unanimidad el pleno de la Sala de lo
Social, aunque con votos particulares de magistrados que están de
acuerdo con estimar el recurso de la empresa y declarar ajustado a
derecho el despido colectivo, pero discrepan de alguno de los
argumentos acordados por el pleno. El texto completo de la sentencia
se conocerá en los próximos días. Cabe incidir en que han
transcurrido más de seis meses desde la fecha del informe del
Ministerio Fiscal y el pronunciamiento de la Sala del Tribunal
Supremo.