Propuesta de Acuerdo – 2º Comunicado

PROMOCIÓN  POR CAPACITACIÓN 

 

Mantener el sistema de promoción de Caixa Sabadell, reduciendo en 10 años el plazo que establezca el Convenio Colectivo para promocionar  de nivel XIII a nivel VIII (de 19 años a 9 años).

 

Garantizar la promoción hasta nivel VII, una vez transcurridos 6 años desde la consecución de nivel VIII,  meritando los trienios correspondientes y con un plus de 1.425 euros anuales una vez conseguido el nivel VII.

 

Para obtener cada nivel será necesario transcurrido el plazo establecido y haber hecho la formación correspondiente.

 

Se adjunta cuadro comparativo de promoción por convenio o para la promoción propuesta:

 

 

   

   

FORMACIÓN

  

Creación de un Comité de formación con representación sindical que elaborará el itinerario formativo. Formación específica para el personal de SSCC.

 

Formación derivada de la fusión a cargo de la entidad dentro del horario laboral.

 

Ayudas de estudios empleados:

 

100% estudios universitarios + 60€ en concepto de textos por asignatura

 

–  80% por estudios de idiomas.

 

CLASSIFICACIÓN DE OFICINAS

 

 

      Modelo de 7 niveles tal y como establece el Convenio Colectivo, pero estableciendo un porcentaje de oficinas por nivel, para  garantizar una distribución mejor que el actual.

 

      Mejora del nivel retributivo mínimo para  algunos niveles.

 

Nivel

 

 

% de oficinas a cada nivel

 

Nivel retributivo Directores

 

Nivel retributivo

 

Apoderados, subdirectores o interventores

 

A

 

3

 

III

 

V

 

B

 

5

 

III

 

VI

 

C

 

7

 

IV

 

VII

 

D

 

20

 

IV

 

VII

 

E

 

25

 

V

 

VIII

 

F

 

30

 

V

 

IX

 

G

 

10

 

VI

 

X

 

 

Consolidación del Nivel Retributivo a los 2 años y fracción. Todas las oficinas deberán tener director/a i subdirector/a.

 

Cobro y computación de la sustitución de los mismos a partir de los 30 días.     

 

      SERVICIOS CENTRALES: PROMOCIÓN PROFESIONAL Y CLASIFICACIÓN 

 

      Se deberá acordar un modelo que contemple la clasificación i/o carrera profesional de todos los puestos de trabajo, antes de 31 de diciembre de 2010,  para que se aplique a partir del 1 de enero de 2011.