Y se debería añadir que ya era hora, porque no han
sido pocas las veces que desde CCOO, a
través de su representación en el Comité Estatal de Seguridad y Salud (CESS),
hemos venido reclamando la erradicación de esa práctica a la representación de
la Dirección de la Empresa.
Es una actividad detectada fundamentalmente en los
envíos de moneda extranjera, siendo más frecuente en algunas zonas que en otras.
En CCOO consideramos que es una práctica que
está fuera de toda legalidad y que comporta riesgos evidentes a la integridad de
los compañeros y compañeras que la llevan a cabo.
Sólo hace falta acudir a la circular sobre las
normas de Caja, donde en uno de los apartados se señala que el traslado de
fondos fuera de la sucursal por empleados del banco está totalmente prohibido
por la Ley 5/2014, de fecha 4 de Abril de Seguridad Privada (BOE nº. 83 del 5 de
abril) En el caso de la moneda extranjera, sin embargo, el incumplimiento de
las normas que el banco determina al respecto ha venido siendo inducido por
instrucciones facilitadas desde el departamento correspondiente, a veces
-hábilmente- de palabra y en otras ocasiones -torpemente- por escrito.
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Pues bien, como decimos esta situación se acaba,
pues en la ultima reunión del CESS, la representación de la Dirección anunció
que se había llegado a un acuerdo con una compañía externa para que, en un plazo
muy breve, el traslado de la moneda extranjera sea realizado por personal
profesional, con los medios de seguridad que establece la normativa. De manera
similar, habría que añadir, a lo sucede con la empresa que se encarga del
traslado de los euros.
Por lo tanto, debe quedarnos bien claro a todos,
desde la primera hasta la última persona que trabaja aquí: se acaba el
traslado de efectivo por parte del personal del banco. Esta práctica debe
quedar desterrada de nuestras oficinas, tal y como CCOO
ha venido revindicando.
8 de abril
de 2016