El RD 16/2013 de fecha 21 de diciembre modifica el actual artículo 37.5 del ET:
«Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.» Queda ampliada pues la edad del menor a 12 años para ejercer la reducción de jornada.
Este derecho se puede ejercer desde el día 22 de diciembre.
Se amplia la reducción de jornada por cuidado de un menor
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