SEGURO DE APORTACION DEFINIDA

Como ya os informamos en
el momento de la firma del último convenio, este introducía una novedad que no
contenían los anteriores.

Esta novedad, permite a
los trabajadores/as (personal en activo antes del 01.01.17) suscribirse a un
seguro de vida colectivo, renunciando para ello al incentivo económico por
jubilación que era el único de aplicación hasta entonces.

Para tomar esta decisión
es imprescindible que la empresa (como fecha límite el 30 de abril de 2018),
informe a cada trabajador/a de forma individual de la provisión matemática que
cada persona tiene, con el fin de que cada persona de forma individual pueda
realizar sus cálculos.

 Aquellas personas
contratadas a partir del 01.01.17, directamente estarán suscritos al nuevo
Seguro de aportación definida.

 Adjuntamos documento
donde realizamos una comparativa entre ambos sistemas.

 Desde CCOO, como parte
firmante de este convenio, podemos aclarar todas aquellas dudas que tengáis aun
con la información recibida hasta el momento. No tenéis más que dirigiros a
cualquier delegado/a de CCOO

 Si
además, eres afiliado/a o quieres afiliarte desde la FEDERACION DE
SERVICIOS DE CCOO
, se ha puesto en marcha una herramienta en la que se hará
un cálculo, donde se da una proyección a la edad de jubilación en ambos
sistemas (el incentivo de jubilación existente ahora en el convenio y el nuevo
seguro de aportación definida introducido como novedad en el convenio firmado
para 2016-2019).

El
cálculo será personalizado, con lo que si te interesara, debes de contactar con
los delegados/as de tu oficina, con la sección sindical a través de la web
(contacto) o a través del correo electrónico de la Sección Sindical, donde te
informaremos que documentación vamos a necesitar para que desde el Sindicato te
realicen la simulación de forma personalizada.

VER DOCUMENTO