Ayer día 23 de junio tuvimos conocimiento de la Sentencia dictada por el Juzgado de
lo Social no 2 de Toledo que ha condenado a Paradores de Turismo de España a
indemnizar con 6.000 euros a CCOO-Toledo para resarcir los dañoos morales
causados al sindicato por vulnerar sus derechos de Huelga y Libertad Sindical.
La sentencia, comunicada hoy, atiende la demanda interpuesta por el sindicato en tutela
de derechos fundamentales después de que los responsables del Parador de Toledo
contrataran a tres personas durante la huelga convocada en toda la red de Paradores de
España los di?as 12 y 13 de octubre de 2012.
Paradores ya fue sancionada con 6.251 euros por estos hechos, a raíz del acta de
Infracción levantada por la Inspección de Trabajo, que los calificó de ‘muy graves’ por
vulnerar el artículo 6.5 del RDL 17/1977, sobre Relaciones de Trabajo, que señala que ‘en tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por
trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la
misma’.
La Magistrada recoge que es evidente que la prestación de servicios por parte de tres
trabajadores externos durante los dos días de duración de la huelga ha minimizado los
efectos de esta medida, que estaba convocada en toda la Red de Paradores Nacionales y
cuya incidencia, en el centro de trabajo de Toledo, fue forzosamente menor que la que
hubiera tenido de no haberse practicado dichas contrataciones?.
Enhorabuena al Comité de empresa de Toledo que no ha cejado en la defensa de un
derecho tan importante como es el de la Huelga y esperamos se depuren
responsabilidades, a los niveles más altos, con la misma intensidad que en el resto de
plantilla de la Red.