Suspensión durante tres meses de la jubilación anticipada a los 61 y 63 años

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes día 28
de diciembre un nuevo Real Decreto Ley que contempla la suspensión durante tres
meses de la jubilación anticipada a los 61 y 63 años que debía de entrar en
vigor el día uno de enero de 2013.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes
día 28 de diciembre un Real Decreto con importantes modificaciones a la Ley
27/2011 de reforma del sistema de Seguridad Social.

 

En concreto, y en lo que respecta a la jubilación
anticipada a los 61 y 63 años que establece la citada Ley 27/2011 -que debía de
entrar en vigor el día uno de enero de 2013- se contempla la suspensión durante
tres meses de la jubilación anticipada.

 

Debemos esperar a analizar el texto legal que
definitivamente se publique en el Boletín Oficial del Estado para determinar el
alcance final de la suspensión (plazos, modalidades afectadas…) ya que la
escasa información que ha dado públicamente el Gobierno sólo genera incertidumbre
al respecto. No obstante, hemos de manifestar que son innecesarias las
modificaciones que dicho Real Decreto establece, pues no existe fundamento
económico ni jurídico para ello y, además, altera la reforma pactada sobre el
Sistema de Pensiones, origen de la Ley 27/2011, antes incluso de que entre en
vigor.

 

Desde esta representación sindical exigimos que
cualquier acción legislativa de futuro tome en cuenta el marco legal que
posibilita la jubilación anticipada en determinadas condiciones y requisitos,
que es la base de distintos acuerdos que se van alcanzando en las empresas en
los últimos meses.

 

En cualquier caso, una vez que conozcamos el
contenido del BOE, la reacción y valoración de los trabajadores y trabajadoras
deberán ser adecuadas y proporcionales a la intensidad de los cambios que se
aprueben al margen del Diálogo Social y del Pacto de Toledo.

 

Seguiremos informando.

 

 

31 de
diciembre de 2012