informamos de las normas legales aplicables en el Popular para el disfrute de
las vacaciones y licencias:
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Vacaciones |
Convenio Colectivo |
(prorrogada su vigencia hasta el 26/02/16, para dar tiempo a la negociación de un nuevo Convenio) |
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| DÍAS | 23 días laborables anuales, sin contar sábados, domingos ni festivos. Quien disfrute ininterrumpidamente de, al menos, 5 días fuera del periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de octubre, podrá ampliar sus vacaciones en 1 día más. El personal que preste servicio en las islas Canarias y que disfrute sus vacaciones en la Península, tendrá una ampliación de cinco días naturales en su período de vacaciones. |
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| PERIODO | Del 1 de marzo al 30 de noviembre. Si el trabajador lo solicita, y las necesidades de servicio lo permiten, las vacaciones se pueden disfrutar fuera de las fechas señaladas. |
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| CUADRO | Se confeccionará un cuadro por cada oficina o dependencia, diferenciando entre Administrativos y Técnicos. La empresa tiene la obligación de dar a conocer el cuadro con un mínimo de 2 meses de antelación a la fecha de disfrute de las vacaciones. |
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| PARTICIÓN | Las vacaciones pueden fraccionarse en 2 periodos por voluntad del trabajador, y en un tercero de acuerdo con la empresa. No se puede elegir el segundo periodo hasta que el resto del personal del cuadro haya elegido por primera vez. |
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| PRIORIDAD | Por orden de antigüedad en la empresa. Los trabajadores que tengan hijos en edad escolar tienen derecho a disfrutarlas dentro del periodo oficial de vacaciones escolares, igualmente por orden de antigüedad. |
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Días de |
de libre |
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Cuatro días de licencia al año. El personal de nuevo ingreso podrá disfrutar de estos días libres en proporción a los días trabajados en el año. |
Convenio Colectivo
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Un día al año, en las mismas condiciones y con los mismos criterios de los días de licencia estipulados en el Convenio Colectivo de Banca |
Acuerdo Laboral de |
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Libranza de todos los sábados del año. |
Acuerdo Laboral de |
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Días adicionales de libranza por fidelidad y vinculación con el
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Acuerdos Laborales |
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Para resolver dudas sobre vacaciones y libranzas,
dirígete a la Delegada o Delegado de CCOO
que tengas más cerca.
12 de enero
de 2016